Entre dos caminos: el voto que define el futuro de Colombia. Santiago Barreto Triana advierte que las elecciones del 8 de marzo marcarán el rumbo de toda una generación.
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Por: Oficina de prensa de Santiago Barreto C25 al Senado. tolima7dias.com.co
Las elecciones de este domingo, 8 de marzo, marcarán el destino no solo de los próximos cuatro años, sino el de toda una generación. Así lo manifestó el candidato al Senado Santiago Barreto Triana, quien aseguró que el país enfrenta una decisión histórica sobre el tipo de democracia que quiere preservar.
Colombia se acerca a unas elecciones que, según Barreto Triana, no se parecen a ninguna otra. No porque estén en juego únicamente curules en el Senado o la Cámara, sino porque el país enfrenta una decisión de fondo: qué tipo de democracia quiere fortalecer y qué futuro está dispuesto a heredar a las próximas generaciones.
El aspirante al Congreso ha señalado en distintos escenarios que estas pueden ser las elecciones más importantes del siglo XXI para Colombia. “No estamos decidiendo solo los próximos cuatro años; estamos trazando el rumbo de los próximos treinta o cuarenta”, ha insistido. A su juicio, el país se encuentra ante dos caminos claramente distintos: el de una democracia que se fortalece con instituciones sólidas, o el de un modelo que concentra el poder y debilita los contrapesos.
Barreto Triana C25 al Senado ha citado recientemente una reflexión de la dirigente venezolana María Corina Machado, quien recordó que muchos ciudadanos no imaginaron que sus decisiones electorales afectarían el futuro democrático de su país. Para el candidato, la historia no se repite de manera idéntica, pero sí deja lecciones que no deben ignorarse.
En su análisis, el problema de los proyectos políticos que buscan perpetuarse en el poder no radica únicamente en el liderazgo de una persona, sino en la captura progresiva de las instituciones. Cuando se cambian las reglas para favorecer a un solo proyecto, cuando se debilitan los controles y se politiza la justicia, la democracia pierde garantías. “Sin árbitros independientes no hay elecciones libres”, ha advertido.
Santiago Barreto Triana considera que Colombia aún está a tiempo de evitar ese riesgo. A diferencia de otros países, sostiene, en Colombia todavía existe la posibilidad de elegir libremente y de participar en democracia sin miedo. Pero esa posibilidad, advierte, no es automática ni eterna: se defiende con decisiones responsables.
Para el candidato, el voto es una herramienta sencilla pero profundamente poderosa. No es un trámite menor ni un gesto simbólico, sino un acto de responsabilidad con las próximas generaciones. Por eso insiste en que estas elecciones no deben asumirse como una confrontación emocional entre bandos, sino como una decisión serena sobre el modelo de país que se quiere consolidar.
“Colombia todavía puede elegir. Todavía puede garantizar que sus hijos y nietos nazcan y crezcan en libertad”, ha expresado Barreto Triana, al reiterar que el futuro no se decreta: se construye, voto a voto.
La cita en las urnas será este domingo 8 de marzo.
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Los empleadores en Colombia podrían tener la oportunidad de corregir determinados incumplimientos laborales antes de enfrentarse a una sanción administrativa. Así lo establece la Circular 110, expedida el 7 de octubre por el Ministerio del Trabajo, con la que se unifican los criterios de actuación de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social en todo el país.
Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co
La disposición, anunciada durante el Día Internacional del Trabajo Decente, busca que las autoridades laborales prioricen la corrección de irregularidades y el cumplimiento efectivo de las obligaciones con los trabajadores, siempre que las circunstancias y la legislación permitan aplicar medidas preventivas.
Sin embargo, la posibilidad de recibir una advertencia no significa que las empresas queden exentas de sanciones. La circular establece condiciones para que los inspectores determinen cuándo procede orientar al empleador y conceder un plazo para subsanar las irregularidades antes de iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio.
Uno de los aspectos centrales de la medida está relacionado con el reconocimiento y pago de obligaciones laborales pendientes. Bajo este enfoque, la intervención de los inspectores deberá procurar que los trabajadores reciban los pagos que les correspondan, sin limitar la actuación de las autoridades a la imposición de multas.
La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, explicó que las sanciones económicas no necesariamente resuelven las afectaciones a los empleados.
"Una multa, por sí sola, no garantiza que un trabajador reciba lo que le corresponde", señaló la funcionaria al referirse al propósito de la nueva disposición.
La Circular 110 se fundamenta en los Convenios 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que contemplan funciones de inspección y mecanismos de orientación para garantizar el cumplimiento de las normas laborales.
De acuerdo con el documento, la facultad de advertir y aconsejar deberá ejercerse mediante decisiones motivadas, criterios uniformes y respeto por las garantías legales. Su aplicación dependerá de las características de cada caso y no constituirá una autorización general para incumplir las obligaciones laborales.
La medida tampoco podrá utilizarse en todas las investigaciones. El Ministerio precisó que existen restricciones para los casos relacionados con conductas penalizadas por la ley y las actuaciones asumidas mediante poder preferente.
El lineamiento fue desarrollado desde el Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección y la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control. Además, aclara que la circular no crea nuevas infracciones ni modifica las sanciones previstas en la legislación vigente.
Con estas disposiciones, los inspectores laborales contarán con parámetros comunes para determinar cuándo corresponde realizar una intervención preventiva y cuándo resulta necesario acudir al procedimiento sancionatorio.
En consecuencia, la aplicación de advertencias dependerá de las condiciones legales de cada situación, mientras que las obligaciones de los empleadores y los derechos de los trabajadores continúan siendo exigibles.
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