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Día sin carro y sin moto: estas son las excepciones en Ibagué

Día sin carro y sin moto: estas son las excepciones en Ibagué
Foto: suministrada a Tolima7Días
10 de Feb, 2026

Este miércoles 11 de febrero, entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche, regirá en Ibagué una jornada de Día sin carro y sin moto en toda la ciudad, con restricciones generales a la circulación y un listado específico de vehículos autorizados para garantizar servicios esenciales, atención de emergencias y operaciones prioritarias.

 

Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co

 

Durante la jornada, no podrán circular vehículos particulares ni motocicletas, salvo aquellos que se encuentren dentro de las excepciones definidas para asegurar el funcionamiento básico de la ciudad.

 

Están autorizados los vehículos y motocicletas de organismos de seguridad, escoltas, vehículos blindados y periodistas que se encuentren en ejercicio de sus funciones. También podrán circular vehículos de servicio oficial, diplomático y consular.

 

Se permitirá la operación de vehículos destinados a la prestación de servicios públicos domiciliarios, como acueducto, energía, gas, telefonía, aseo y recolección de residuos, así como los vehículos de transporte de valores y seguridad privada, siempre que estén debidamente identificados.

 

En materia de salud y atención de emergencias, podrán movilizarse ambulancias, vehículos de Bomberos, Defensa Civil y Cruz Roja, así como médicos y personal de la salud que acrediten la necesidad de desplazamiento para el ejercicio de sus funciones. También están autorizados los vehículos de medicina domiciliaria y transporte de pacientes en situaciones de urgencia.

 

Las carrozas fúnebres y sus respectivos cortejos también se encuentran exceptuados. De igual manera, podrán circular vehículos utilizados por fiscales, jueces, magistrados y otras autoridades judiciales, previa acreditación de orden de trabajo o razones de seguridad.

 

En el sector logístico y comercial, se autoriza la circulación de vehículos de transporte de carga destinados a la distribución de bienes y alimentos, conforme a la licencia de tránsito. También podrán operar vehículos de encomiendas con un peso máximo de cinco toneladas, debidamente identificados.

Los vehículos provenientes de otras regiones que se encuentren de tránsito por la ciudad podrán circular por un tiempo máximo de 120 minutos, siempre que presenten el recibo de peaje del mismo día.

 

Están incluidos dentro de las excepciones los vehículos adaptados para personas con movilidad reducida o que transporten personas en situación de discapacidad, quienes deberán portar el certificado correspondiente. Asimismo, podrán circular vehículos de transporte especial de pasajeros que cuenten con el Formato Único de Extracto del Contrato (FUEC), limitados al horario requerido por el servicio.

 

En el caso de motocicletas, se permite la circulación de aquellas pertenecientes a empresas de vigilancia, transporte público colectivo y servicios de domicilios, representación comercial y ventas, siempre que el conductor esté identificado y se movilice sin acompañante.

 

También están autorizados los vehículos destinados al control de tráfico, grúas, carros taller y asistencia técnica, los vehículos particulares o motocicletas que transiten por las variantes, así como los vehículos híbridos, eléctricos y dedicados a Gas Natural Vehicular (GNV), siempre que esta condición esté registrada en la licencia de tránsito y no se trate de automotores de combustible dual.

 

Finalmente, los vehículos de escuelas de enseñanza automovilística podrán circular únicamente para labores de capacitación, con restricción en el perímetro comprendido entre la calle 7 y la calle 76, y entre la carrera Primera, la carrera Octava y la avenida Ambalá.

 

Las personas que se acojan a cualquiera de estas excepciones deberán portar los documentos que acrediten su condición durante los controles que se realicen en la jornada.

 

 

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IMDRI comenzará a cobrar ingreso a piscinas de olas del Parque Deportivo

IMDRI comenzará a cobrar ingreso a piscinas de olas del Parque Deportivo
Foto: suministrada a Tolima7Días
13 de Mar, 2026

Desde este sábado 14 de marzo comenzará el cobro para ingresar al Complejo Acuático Recreativo del Parque Deportivo de Ibagué. Las personas interesadas en utilizar las piscinas de olas deberán adquirir los tiquetes únicamente en la taquilla principal del escenario y realizar el pago de forma electrónica.

 

Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co

 

El cobro se aplicará tras finalizar el proceso administrativo que habilita el recaudo y luego de la aprobación del acuerdo municipal que fija las tarifas para el uso del escenario acuático.

 

De acuerdo con la información oficial, al momento de comprar el ingreso se definirá el tipo de usuario —adulto, adulto mayor, menor entre 3 y 12 años o persona en situación de discapacidad— y el pago deberá hacerse mediante transferencia electrónica o código QR de cualquier entidad bancaria. Por ahora, no se recibirán pagos en efectivo.

 

“Por ahora no se recibirá pago en efectivo. Estamos adecuando las medidas de seguridad para que en los próximos días se pueda habilitar esta alternativa; tendremos personal que verificará las transferencias y consignaciones”, indicó Felipe La Rota.

Las tarifas establecidas son las siguientes:

De martes a jueves:

• Niños (3 a 12 años): $8.000

• Adultos: $15.000

• Adulto mayor (más de 60 años): $10.000

• Personas en situación de discapacidad: $7.000

Fines de semana y festivos:

• Niños (3 a 12 años): $10.000

• Adultos: $18.000

• Adulto mayor (más de 60 años): $12.000

• Personas en situación de discapacidad: $10.000

 

Entre las normas de acceso al complejo acuático se establece que no está permitido ingresar bebidas ni alimentos. Además, los menores de edad deberán estar acompañados por un adulto responsable y usar vestimenta adecuada para el uso de las piscinas.

También se informó que instituciones educativas públicas podrán ingresar con estudiantes de manera gratuita los martes o jueves, según disponibilidad, mediante programación previa. El mismo esquema aplicará para juntas de acción comunal de estratos 1, 2 y 3, clubes deportivos y organizaciones culturales.

 

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