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El juicio a Abelardo de la Espriella.

El juicio a Abelardo de la Espriella.
Foto:Julio César Montañez Roa, Abogado, Docente y candidato a Doctor en Filosofía del derecho. Columnista invitado tolima7dias.com.co
10 de Jul, 2026

Por: Julio César Montañez Roa, Abogado, Docente y candidato a Doctor en Filosofía del Derecho. Columnista invitado. tolima7dias.com.co

Advertencia: los comentarios escritos a continuación son responsabilidad única y exclusiva de su autor, y en nada compromete a este medio de comunicación digital.

Creo que el señor presidente electo Abelardo De La Espriella ya surtió el juicio más importante sobre la legitimidad de su elección. Se trató de un proceso muy complejo, un poco vago, impreciso, poco institucional, pero suficiente para considerar al procesado legítimo presidente de la república. No hay lugar a más cuestionamientos.

Las acusaciones fueron de todo tipo: morales, políticas, jurídicas, sociales, sexuales, internacionales y hasta gastronómicas. Le imputaron conductas de todos los tiempos: cuando niño, cuando estudiante y cuando abogado. Lo acusaron de matar gatos, abogado de mafiosos, defensor de paramilitares, estafador de estafadores, odiar personas por su condición sexual, maltratar mujeres, haber jurado lealtad a otros países y hasta odiar la changua y el ajiaco.

Gracias a los medios de comunicación oficiales y privados y a las redes sociales, la totalidad de las imputaciones fueron conocidas por la plenaria del jurado, es decir, todo el pueblo colombiano. El juicio fue amplio y suficiente: tanto los acusadores como el acusado y sus defensores, tuvieron la oportunidad de exponer, con buenos y malos argumentos, sus pruebas y sus razones. No hubo un solo votante que no hubiera conocido y discutido cada uno de estos cargos.

El fallo se produjo en dos instancias: la primera, es decir, la primera vuelta electoral, le dio la razón al doctor De La Espriella; la segunda, es decir, la segunda vuelta, volvió a darle la razón, aunque con menos solidez debido a elementos exógenos que afectaron la autonomía de algunos de los jurados. Asílas cosas, no hay ninguna razón para que ahora, cualquiera, con los mismos argumentos morales, jurídicos, políticos o de otro tipo, intente desconocer los fallos de primera y segunda instancia dictados el 31 de mayo y el 21 de junio pasados.

Pero nadie puede evitar que los abogados o los perdedores acudan a diferentes acciones judiciales, administrativas o de derecho internacional para evitar que el presidente se posesione o que ejerza el poder. Sin embargo, en sana razón, todos esos procesos deben estar sometidos a lo que los más reconocidos tratadistas del derecho y la política llaman Democracia Constitucional o Democracia Discursiva.

Según Rober Alexy, la democracia constitucional consiste en que el derecho es de doble naturaleza: contiene decisiones morales o críticas y decisiones fácticas o reales. Ambas son producto de un proceso discursivo que implica establecer primero las normas ideales que actúan como criterio rector y luego las normas reales, incluidas las sentencias, que sólo podrán ser las que resulten de un debate o discurso en el que participen todos, defendiendo sus respectivas posiciones morales, económicas, religiosas, políticas, personales, etc.

Pues bien, eso fue precisamente lo que ocurrió en Colombia: Un discurso, un debate, en el que todos los interesados participaron y se produjo un fallo. En consecuencia, no hay lugar a más procesos judiciales ni de ningún otro orden nacional o internacional. La oposición debería dejar de seguir acusando al presidente de todo lo que lo acusó antes de las elecciones porque esas sindicaciones, o fueron desvirtuadas por el hoy presidente o no fueron probadas por sus detractores o, habiendo sido probadas, el jurado supremo, el pueblo, no las consideró impedimento para ejercer la presidencia y por eso votó por él. Ya todo está decidido y la decisión fue producto de un proceso discursivo como el que ahora reclaman los más connotados constitucionalistas del mundo. Dedíquense en adelante a juzgar sus actos de gobierno porque para eso es la oposición.

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Lo acusan de desapariciones, homicidio y violencia sexual en Antioquia

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Foto: suministrada a Tolima7Días.
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Un presunto integrante de la subestructura Uldar Cardona Rueda del denominado 'Clan del Golfo' fue enviado a prisión preventiva tras ser judicializado por la Fiscalía General de la Nación, que lo señala de participar en hechos relacionados con desaparición forzada, homicidio, violencia sexual y otros delitos ocurridos entre 2013 y 2023 en municipios del Bajo Cauca antioqueño.

 

Por Editor Región, Tolima7dias.com.co

 

El procesado fue identificado como Joan Sebastián Agudelo Florián, conocido con el alias de Pablo. Según la investigación, habría cumplido funciones dentro de la estructura armada consistentes en retener y trasladar personas señaladas de colaborar o tener información sobre otros grupos armados ilegales para que fueran interrogadas por los cabecillas de la organización.

 

Uno de los casos atribuidos al investigado corresponde a la desaparición de un hombre ocurrida el 3 de febrero de 2023. De acuerdo con la Fiscalía, la víctima fue sacada por la fuerza de su vivienda, ubicada en el barrio 20 de Julio de El Bagre, y trasladada hasta una zona rural de Zaragoza, donde presuntamente fue golpeada e interrogada durante varias horas. Desde ese momento se desconoce su paradero.

 

La investigación también lo vincula con la retención y posterior homicidio de un habitante del corregimiento La Palizada, en El Bagre, ocurrido el 7 de julio de 2013.

Otro de los hechos bajo investigación corresponde al presunto abuso sexual contra una mujer, quien, según el ente acusador, permaneció retenida durante tres días en una finca del municipio de Zaragoza el 21 de abril de 2023. La víctima habría sido sometida a tratos crueles y degradantes mientras era interrogada.

 

Por estos hechos, un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales le imputó los delitos de homicidio, secuestro simple, concierto para delinquir, desaparición forzada, acceso carnal violento y fabricación, tráfico o porte de armas de fuego, todas las conductas con circunstancias de agravación.

 

Durante las audiencias preliminares, Agudelo Florián no aceptó los cargos formulados por la Fiscalía. Posteriormente, un juez de control de garantías le impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario mientras avanza el proceso judicial.

 

Tolima7dias.com.co Sabe lo que dice.

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