Los interesados en desarrollar actividades comerciales o de ocupación temporal del espacio público durante el 52° Festival Folclórico Colombiano y la 58° Feria Agropecuaria, Industrial y Bovina Grado A deberán cumplir un cronograma de registro y presentar una serie de requisitos establecidos por la Administración Municipal para acceder a los permisos correspondientes.
Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co
De acuerdo con la información divulgada por las autoridades locales, el proceso contempla diferentes jornadas de inscripción según la actividad económica que se pretenda desarrollar durante las festividades de junio.
El cronograma inició el 3 de junio con el registro para extensión de actividad económica y zonas VIP. Entre el 4 y el 5 de junio se adelanta la inscripción para módulos estacionarios ubicados en la carrera Quinta, el sector de San Simón y las ferias de El Salado y Ricaurte. Asimismo, el 5 de junio se habilitó el registro para vendedores ambulantes, operadores de baños públicos portátiles y comercializadores de artículos típicos.
Según explicó Francisco Espín, secretario de Gobierno de Ibagué, los interesados deben revisar previamente la documentación exigida antes de radicar la solicitud de manera presencial ante la Dirección de Espacio Público.
Entre los requisitos establecidos se encuentran la presentación del formulario impreso, ser mayor de edad, anexar copia del documento de identidad, contar con el certificado de medidas correctivas, especificar el bien o servicio que será comercializado y no tener un aprovechamiento económico vigente del espacio público administrado por Gestora Urbana.
Las autoridades también informaron que durante el desfile programado para el próximo 24 de junio no se permitirá el aprovechamiento económico del espacio público entre las calles 37 y 42. La restricción obedece a que en el Coliseo Menor está previsto el desarrollo del reconteo de votos de las elecciones presidenciales realizadas el 21 de junio.
La recepción de documentos se realiza de forma presencial en la Dirección de Espacio Público, ubicada en la carrera 2 No. 11-80, cuarto piso, en horario de atención de lunes a viernes entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde.
Las autoridades recomendaron a los solicitantes verificar previamente requisitos, formularios y tarifas para evitar contratiempos durante el proceso de radicación.
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Los profesionales independientes que presten sus servicios en Ibagué pueden quedar excluidos de la declaración y el pago del impuesto de Industria y Comercio (ICA), de acuerdo con las condiciones establecidas en el Acuerdo 037 de 2025, que modificó el Estatuto Tributario municipal.
Por: Editor Región*Tolima7dias.com.co
La medida aplica a quienes ejerzan profesiones liberales o actividades de apoyo a la gestión y cumplan requisitos relacionados con su formación, la manera en que desarrollan su actividad y el nivel de ingresos que perciben mensualmente.
Entre los profesionales que pueden estar cobijados se encuentran abogados, ingenieros, médicos, odontólogos, periodistas y contadores, entre otros. Para acceder a la exclusión, la actividad debe requerir un título universitario o una formación técnica reconocida legalmente y depender de la idoneidad personal del profesional.
Además, el trabajo debe realizarse de manera individual, sin una estructura empresarial ni personal subordinado. El ingreso mensual tampoco puede superar las 200 UVT, que para 2026 corresponden a aproximadamente $10 millones 474 mil.
El secretario de Hacienda de Ibagué, Ángel María Gómez, explicó que antes de la modificación las profesiones liberales eran objeto del cobro del ICA en el municipio.
“Las profesiones liberales venían siendo gravadas desde hace un tiempo porque en algún momento un alcalde de la ciudad dijo que todos los profesionales que desarrollaran actividades en Ibagué tenían que pagar el impuesto de Industria y Comercio”.
El cambio quedó incorporado mediante el Acuerdo 037 de 2025, expedido en diciembre de ese año, que modificó el Estatuto Tributario Municipal establecido en el Acuerdo 015 de 2021.
Aunque a nivel nacional las actividades profesionales están sujetas al ICA, los municipios tienen autonomía para establecer las condiciones bajo las cuales se declara o paga este tributo en sus respectivos territorios.
Los profesionales que quieran verificar si cumplen los requisitos pueden solicitar información en la Dirección de Rentas Municipal, ubicada en la carrera Segunda con calle 17, quinto piso del antiguo edificio del Comité de Cafeteros.
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