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Ibafest 2026 convoca a más de 480 jóvenes

Ibafest 2026 convoca a más de 480 jóvenes
Foto: suministrada a Tolima7Días
26 de Mar, 2026

Desde este jueves 26 y hasta el domingo 29 de marzo, más de 480 niños y jóvenes participan en Ibagué en el 9° Festival Internacional de Coros y Orquestas Infantojuveniles (Ibafest), que incluye conciertos, talleres y actividades culturales abiertas al público.

 

Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co

 

El festival se desarrolla en distintos puntos de la ciudad con una agenda enfocada en la formación musical y la presentación de agrupaciones juveniles.

 

Los conciertos didácticos tienen lugar el 26 y 27 de marzo en instituciones educativas, donde estudiantes asisten a actividades pedagógicas relacionadas con la música coral y orquestal.

 

De manera paralela, los talleres de formación se realizan hasta el 29 de marzo en el Complejo Cultural Panóptico, en jornadas de mañana y tarde. Estos espacios abordan temas como dirección coral y orquestal, lutería, expresión corporal y ensayos colectivos, con participación de jóvenes y docentes.

La programación también incluye una feria de emprendedores los días 28 y 29 de marzo, entre las 8:00 a.m. y las 6:00 p.m., con 12 iniciativas locales.

En el componente artístico, el 28 de marzo a las 5:00 p.m. se llevará a cabo un concierto de gala con las agrupaciones participantes. El evento cerrará el 29 de marzo a las 4:00 p.m. con la presentación de una mega orquesta y un mega coro en el mismo escenario.

 

Todas las actividades cuentan con entrada libre para el público.

 

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¿Empresas podrán evitar multas laborales? Nueva circular establece condiciones en Colombia

Foto: suministrada a Tolima7Días
08 de Oct, 2026

Los empleadores en Colombia podrían tener la oportunidad de corregir determinados incumplimientos laborales antes de enfrentarse a una sanción administrativa. Así lo establece la Circular 110, expedida el 7 de octubre por el Ministerio del Trabajo, con la que se unifican los criterios de actuación de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social en todo el país.

 

Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co

 

La disposición, anunciada durante el Día Internacional del Trabajo Decente, busca que las autoridades laborales prioricen la corrección de irregularidades y el cumplimiento efectivo de las obligaciones con los trabajadores, siempre que las circunstancias y la legislación permitan aplicar medidas preventivas.

Sin embargo, la posibilidad de recibir una advertencia no significa que las empresas queden exentas de sanciones. La circular establece condiciones para que los inspectores determinen cuándo procede orientar al empleador y conceder un plazo para subsanar las irregularidades antes de iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio.

Uno de los aspectos centrales de la medida está relacionado con el reconocimiento y pago de obligaciones laborales pendientes. Bajo este enfoque, la intervención de los inspectores deberá procurar que los trabajadores reciban los pagos que les correspondan, sin limitar la actuación de las autoridades a la imposición de multas.

La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, explicó que las sanciones económicas no necesariamente resuelven las afectaciones a los empleados.

"Una multa, por sí sola, no garantiza que un trabajador reciba lo que le corresponde", señaló la funcionaria al referirse al propósito de la nueva disposición.

La Circular 110 se fundamenta en los Convenios 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que contemplan funciones de inspección y mecanismos de orientación para garantizar el cumplimiento de las normas laborales.

De acuerdo con el documento, la facultad de advertir y aconsejar deberá ejercerse mediante decisiones motivadas, criterios uniformes y respeto por las garantías legales. Su aplicación dependerá de las características de cada caso y no constituirá una autorización general para incumplir las obligaciones laborales.

La medida tampoco podrá utilizarse en todas las investigaciones. El Ministerio precisó que existen restricciones para los casos relacionados con conductas penalizadas por la ley y las actuaciones asumidas mediante poder preferente.

El lineamiento fue desarrollado desde el Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección y la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control. Además, aclara que la circular no crea nuevas infracciones ni modifica las sanciones previstas en la legislación vigente.

Con estas disposiciones, los inspectores laborales contarán con parámetros comunes para determinar cuándo corresponde realizar una intervención preventiva y cuándo resulta necesario acudir al procedimiento sancionatorio.

En consecuencia, la aplicación de advertencias dependerá de las condiciones legales de cada situación, mientras que las obligaciones de los empleadores y los derechos de los trabajadores continúan siendo exigibles.

 

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