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Intervienen Plaza El Jardín por inundaciones en locales comerciales

Intervienen Plaza El Jardín por inundaciones en locales comerciales
Foto: suministrada a Tolima7Días
10 de Feb, 2026

Las fuertes lluvias en Ibagué provocaron inundaciones en el Pasillo Gastronómico y de Hierbas de la Plaza de Mercado El Jardín, afectando a comerciantes de alimentos, floristerías y vendedores de hierbas medicinales.

 

Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co

 

Para reducir los encharcamientos, se instaló una canal destinada a mejorar la recolección de aguas lluvias en el área. La intervención busca evitar que los locales se mojen durante los períodos de precipitación intensa.

 

La plaza ya había sido objeto de adecuaciones estructurales, que incluyeron renovación de la estructura metálica, instalación de cubierta en cerca de 700 metros cuadrados, mejoras en iluminación, pintura, pisos y murales internos.

 

Se proyecta una segunda fase de trabajos que contempla la reparación de unidades sanitarias, ampliación de la cubierta y ajustes en el ornato del espacio.

 

Estas acciones forman parte de un conjunto de intervenciones en plazas de mercado de la ciudad, con el objetivo de mitigar el impacto de las lluvias sobre los comerciantes y visitantes.

 

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Día sin carro y sin moto: estas son las excepciones en Ibagué

Día sin carro y sin moto: estas son las excepciones en Ibagué
Foto: suministrada a Tolima7Días
10 de Feb, 2026

Este miércoles 11 de febrero, entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche, regirá en Ibagué una jornada de Día sin carro y sin moto en toda la ciudad, con restricciones generales a la circulación y un listado específico de vehículos autorizados para garantizar servicios esenciales, atención de emergencias y operaciones prioritarias.

 

Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co

 

Durante la jornada, no podrán circular vehículos particulares ni motocicletas, salvo aquellos que se encuentren dentro de las excepciones definidas para asegurar el funcionamiento básico de la ciudad.

 

Están autorizados los vehículos y motocicletas de organismos de seguridad, escoltas, vehículos blindados y periodistas que se encuentren en ejercicio de sus funciones. También podrán circular vehículos de servicio oficial, diplomático y consular.

 

Se permitirá la operación de vehículos destinados a la prestación de servicios públicos domiciliarios, como acueducto, energía, gas, telefonía, aseo y recolección de residuos, así como los vehículos de transporte de valores y seguridad privada, siempre que estén debidamente identificados.

 

En materia de salud y atención de emergencias, podrán movilizarse ambulancias, vehículos de Bomberos, Defensa Civil y Cruz Roja, así como médicos y personal de la salud que acrediten la necesidad de desplazamiento para el ejercicio de sus funciones. También están autorizados los vehículos de medicina domiciliaria y transporte de pacientes en situaciones de urgencia.

 

Las carrozas fúnebres y sus respectivos cortejos también se encuentran exceptuados. De igual manera, podrán circular vehículos utilizados por fiscales, jueces, magistrados y otras autoridades judiciales, previa acreditación de orden de trabajo o razones de seguridad.

 

En el sector logístico y comercial, se autoriza la circulación de vehículos de transporte de carga destinados a la distribución de bienes y alimentos, conforme a la licencia de tránsito. También podrán operar vehículos de encomiendas con un peso máximo de cinco toneladas, debidamente identificados.

Los vehículos provenientes de otras regiones que se encuentren de tránsito por la ciudad podrán circular por un tiempo máximo de 120 minutos, siempre que presenten el recibo de peaje del mismo día.

 

Están incluidos dentro de las excepciones los vehículos adaptados para personas con movilidad reducida o que transporten personas en situación de discapacidad, quienes deberán portar el certificado correspondiente. Asimismo, podrán circular vehículos de transporte especial de pasajeros que cuenten con el Formato Único de Extracto del Contrato (FUEC), limitados al horario requerido por el servicio.

 

En el caso de motocicletas, se permite la circulación de aquellas pertenecientes a empresas de vigilancia, transporte público colectivo y servicios de domicilios, representación comercial y ventas, siempre que el conductor esté identificado y se movilice sin acompañante.

 

También están autorizados los vehículos destinados al control de tráfico, grúas, carros taller y asistencia técnica, los vehículos particulares o motocicletas que transiten por las variantes, así como los vehículos híbridos, eléctricos y dedicados a Gas Natural Vehicular (GNV), siempre que esta condición esté registrada en la licencia de tránsito y no se trate de automotores de combustible dual.

 

Finalmente, los vehículos de escuelas de enseñanza automovilística podrán circular únicamente para labores de capacitación, con restricción en el perímetro comprendido entre la calle 7 y la calle 76, y entre la carrera Primera, la carrera Octava y la avenida Ambalá.

 

Las personas que se acojan a cualquiera de estas excepciones deberán portar los documentos que acrediten su condición durante los controles que se realicen en la jornada.

 

 

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