Clínica Tolima anuncia el cierre temporal de hospitalización y urgencias pediátricas. La Clínica Tolima notificó a la Secretaría de Salud el cese temporal de las actividades en el área de urgencias y hospitalización pediátrica, luego de los incumplimientos en los pagos por parte de las Empresas Promotoras de Salud, EPS.
Encuentre contenido exclusivo en WhatsApp Channel, siganos ya:https://whatsapp.com/channel/
Por: Editor local y Resumen de Noticias. Tolima7dias.com.co
Pese a la decisión de la IPS, que aún no tiene la fecha exacta del cierre de estos servicios, la atención de urgencias vitales continuará o en determinados casos los pacientes serán trasladados a otras instituciones de salud.
“Hacemos un llamado vehemente a las EPS para que se pongan al día con sus obligaciones, no podemos permitir el cierre de estos servicios. Pero lo más preocupante es que tenemos la alerta de otras IPS que también podrían llegar a cerrar sus atenciones, esto no lo podemos permitir”, dijo Liliana Ospina, secretaria de Salud Municipal.
“Advertimos a los usuarios que estaban recibiendo estos servicios en pediatría, para que asistan a otras IPS porque en la Clínica Tolima solo se atenderán urgencias vitales”, concluyó Ospina.
Tolima7dias.com.co Sabe lo que dice
Los empleadores en Colombia podrían tener la oportunidad de corregir determinados incumplimientos laborales antes de enfrentarse a una sanción administrativa. Así lo establece la Circular 110, expedida el 7 de octubre por el Ministerio del Trabajo, con la que se unifican los criterios de actuación de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social en todo el país.
Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co
La disposición, anunciada durante el Día Internacional del Trabajo Decente, busca que las autoridades laborales prioricen la corrección de irregularidades y el cumplimiento efectivo de las obligaciones con los trabajadores, siempre que las circunstancias y la legislación permitan aplicar medidas preventivas.
Sin embargo, la posibilidad de recibir una advertencia no significa que las empresas queden exentas de sanciones. La circular establece condiciones para que los inspectores determinen cuándo procede orientar al empleador y conceder un plazo para subsanar las irregularidades antes de iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio.
Uno de los aspectos centrales de la medida está relacionado con el reconocimiento y pago de obligaciones laborales pendientes. Bajo este enfoque, la intervención de los inspectores deberá procurar que los trabajadores reciban los pagos que les correspondan, sin limitar la actuación de las autoridades a la imposición de multas.
La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, explicó que las sanciones económicas no necesariamente resuelven las afectaciones a los empleados.
"Una multa, por sí sola, no garantiza que un trabajador reciba lo que le corresponde", señaló la funcionaria al referirse al propósito de la nueva disposición.
La Circular 110 se fundamenta en los Convenios 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que contemplan funciones de inspección y mecanismos de orientación para garantizar el cumplimiento de las normas laborales.
De acuerdo con el documento, la facultad de advertir y aconsejar deberá ejercerse mediante decisiones motivadas, criterios uniformes y respeto por las garantías legales. Su aplicación dependerá de las características de cada caso y no constituirá una autorización general para incumplir las obligaciones laborales.
La medida tampoco podrá utilizarse en todas las investigaciones. El Ministerio precisó que existen restricciones para los casos relacionados con conductas penalizadas por la ley y las actuaciones asumidas mediante poder preferente.
El lineamiento fue desarrollado desde el Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección y la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control. Además, aclara que la circular no crea nuevas infracciones ni modifica las sanciones previstas en la legislación vigente.
Con estas disposiciones, los inspectores laborales contarán con parámetros comunes para determinar cuándo corresponde realizar una intervención preventiva y cuándo resulta necesario acudir al procedimiento sancionatorio.
En consecuencia, la aplicación de advertencias dependerá de las condiciones legales de cada situación, mientras que las obligaciones de los empleadores y los derechos de los trabajadores continúan siendo exigibles.
Tolima7dias.com.co Sabe lo que dice.