Por: Michael Steven Mejía Ospina, experto en Gestión comercial y de negocios de la UNAD, Defensor de Derechos Humanos, representante de las personas con discapacidad, personas vulnerables y de todos los colombianos. Columnista invitado tolima7dias.com.co
Advertencia: los comentarios escritos a continuación son responsabilidad única y exclusiva de su autor, y en nada compromete a este medio de comunicación digital.
Cada madrugada que nos trae una nueva tragedia vial, el alma de Colombia se estremece. Hoy, volvemos a confrontar la crueldad de la irresponsabilidad al volante con la lamentable noticia de un accidente que arrebató la vida a seis personas. Y una vez más, la sombra de la embriaguez se cierne sobre el asfalto teñido de sangre. No es un error, no es un descuido: es una decisión fatal que sigue sembrando luto y desesperanza en nuestras familias y comunidades.
La sociedad colombiana ha llorado, y sigue llorando, tragedias como la ocurrida el 13 de septiembre de 2021 en Gaira, Santa Marta. Aquella madrugada, el empresario Enrique Vives Caballero, al mando de su camioneta, no solo condujo bajo el influjo del alcohol y el exceso de velocidad, sino que se llevó consigo a siete jóvenes, segando la vida de seis de ellos: Rafaela Petit (30), María Camila Martínez (24), Camila Romero (18), Leonir Romero (17), y otros dos menores de edad. Una estela de dolor que marcó para siempre a esas familias y a una nación entera que vio, una vez más, cómo la vida joven era truncada por la imprudencia.
El caso de Vives Caballero, que culminó con una condena de 7 años y 6 meses de prisión por homicidio culposo agravado bajo un preacuerdo con la Fiscalía, y una prisión domiciliaria tras indemnizar a las víctimas, es un recordatorio amargo de las complejidades y, a veces, las frustraciones del sistema judicial. Si bien la justicia actuó, el desenlace para muchos fue insuficiente ante la magnitud de la pérdida.
Y es en este escenario de dolor y reclamo por justicia que nos encontramos hoy, con la noticia de que el señor Enrique Vives Caballero aparece en la campaña presidencial del candidato Abelardo de la Espriella. Esta situación, que ha generado un profundo malestar en la opinión pública, nos obliga a reflexionar sobre la coherencia entre el discurso político y las acciones de quienes buscan liderar nuestra nación.
El doctor De la Espriella, quien ha enarbolado la bandera de la justicia y la mano dura en su plataforma presidencial, debe ser consciente del mensaje que envía al electorado al incluir en su círculo a una figura que simboliza la tragedia de la embriaguez al volante. La indignación no es solo por la imprudencia cometida, sino por la percepción de que la impunidad, o al menos un tratamiento judicial indulgente, puede extenderse a otros ámbitos de la vida pública. La política, más que cualquier otro espacio, exige una impecable ética y un compromiso inquebrantable con los valores que se pretenden defender. La presencia de Vives Caballero en esta campaña ensombrece, sin duda, la credibilidad de un mensaje que clama por un país más seguro y justo.
Un Llamado Urgente a la Conciencia y la Aplicación Rigurosa de la Ley
No podemos permitir que el alcohol siga siendo un cómplice silencioso de la muerte en nuestras carreteras. Es un imperativo ético y social que todos, desde el conductor ocasional hasta el legislador, asumamos nuestra responsabilidad.
La legislación colombiana ha avanzado en esta materia, pero su aplicación debe ser férrea y sin excepciones. Recordemos las principales armas legales con las que contamos:
- La Ley 1696 de 2013: Esta ley es contundente. Modificó el Artículo 110 del Código Penal, estableciendo que el homicidio culposo cometido por un conductor ebrio (con grado de alcoholemia igual o superior al 1° o bajo el efecto de sustancias psicoactivas) y que haya sido determinante en la ocurrencia del hecho, conlleva un aumento de la pena de las dos terceras partes al doble, tanto en la pena principal como en la accesoria. Esto significa que la cárcel no es una opción lejana, sino una consecuencia directa y amplificada para quien, borracho, quita una vida.
- Sanciones Administrativas Drásticas: Más allá de la cárcel, la ley contempla la suspensión o cancelación definitiva de la licencia de conducción, con periodos que pueden extenderse hasta 25 años antes de poder solicitar una nueva. Las multas económicas son de las más elevadas en el país y se actualizan anualmente, buscando impactar el bolsillo del infractor.
- Compulsa de Copias a la Fiscalía: La ley garantiza que las decisiones administrativas de cancelación de licencia sean comunicadas a la Fiscalía General de la Nación para que esta adelante la respectiva investigación penal.
- El debate sobre el Dolo Eventual: La justicia colombiana debe seguir explorando la posibilidad de calificar estas conductas no solo como culpa con representación, sino como dolo eventual. Cuando un conductor se embriaga y decide tomar el volante, sabe que está asumiendo un riesgo altísimo de causar un daño irreparable. Al aceptar ese riesgo, aunque no quiera la muerte de nadie, su conducta se acerca peligrosamente a la figura del dolo eventual, lo que implicaría penas mucho más severas, dado que el dolo es la intención de delinquir.
¡Basta ya de más sangre en el asfalto! Hago un llamado a cada conductor: la vida de los demás y la tuya propia valen más que un momento de euforia irresponsable. No permitas que el alcohol o las drogas te conviertan en un arma mortal. Designa un conductor sobrio, utiliza un taxi o una aplicación, pero nunca, bajo ninguna circunstancia, tomes el volante si has consumido.
Y a nuestras autoridades, un llamado vehemente: que la ley se aplique con todo su peso, sin distinción de nombre o posición social. Que la justicia sea una luz que guíe y una barrera que detenga la tragedia, y no un laberinto de preacuerdos que desdibujen la magnitud del daño causado. La sociedad exige cero tolerancia y justicia plena para que ninguna familia más tenga que lamentar la pérdida de sus seres queridos por la imprudencia de un conductor ebrio. Es el momento de que la conciencia se imponga y la responsabilidad sea nuestra guía en cada kilómetro de vida.
Tolima7dias.com.co Sabe lo que dice
Por: Michael Steven Mejía Ospina, experto en Gestión comercial y de negocios de la UNAD, Defensor de Derechos Humanos, representante de las personas con discapacidad, personas vulnerables y de todos los colombianos. Columnista invitado tolima7dias.com.co
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La situación de violencia en el departamento del Cauca y sus zonas aledañas ha alcanzado niveles alarmantes, evidenciando la crudeza del conflicto armado en Colombia y la urgente necesidad de protección para la población civil, especialmente los menores. La información actualizada confirma la trágica cifra de 13 personas fallecidas, de las cuales 5 son menores de edad, en un reciente atentado, lo que agrava el panorama de violaciones a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
La Tragedia Reciente y el Impacto en la Niñez:
El reciente ataque terrorista en el Cauca, que cobró la vida de 13 personas, incluyendo 5 menores de edad, es un doloroso recordatorio de la vulnerabilidad de la población civil en zonas afectadas por el conflicto. Este tipo de actos no solo truncan vidas, sino que dejan cicatrices profundas en las comunidades y en la psique de los sobrevivientes. La presencia de menores entre las víctimas resalta la crueldad de estos actos y la imperante necesidad de fortalecer los mecanismos de protección especial que el Estado colombiano ha establecido para ellos. Los niños, niñas y adolescentes son sujetos de especial protección constitucional y sus derechos prevalecen sobre los demás, tal como lo establece la Constitución Política de Colombia. A pesar de esto, continúan siendo víctimas de graves violaciones, ya sea por reclutamiento forzado, desplazamiento, mutilación por minas antipersonal o, como en este caso, por la pérdida de sus vidas en medio de la violencia.
Alias Marlon y la Recompensa: Una Lucha contra el Terror:
Alias "Marlon" ha sido identificado como uno de los principales responsables de la ola de ataques terroristas que azota la región, con al menos ocho atentados atribuidos a su liderazgo. Su actuar criminal se extiende al asesinato de líderes sociales y al reclutamiento de menores, lo que agrava la situación. El Gobierno colombiano, a través del Ministro de Defensa, Pedro Sánchez, ha incrementado la recompensa por información que conduzca a su captura hasta los 5.000 millones de pesos, una medida que busca desmantelar las estructuras criminales y llevar a los responsables ante la justicia. Esta recompensa refleja la determinación del Estado en combatir el crimen organizado y proteger a la ciudadanía. La figura de "Marlon" representa un desafío significativo para la seguridad, dada su capacidad de controlar rutas de narcotráfico y extorsionar a las comunidades, sembrando el terror en el suroccidente colombiano.
Las Disidencias de "Iván Mordisco" y las Residencias de las FARC:
Las disidencias de las FARC, particularmente las comandadas por "Iván Mordisco" a través del Estado Mayor Central (EMC), son un actor central en la perpetuación de la violencia. Estos grupos, que se apartaron del Acuerdo Final de Paz de 2016, continúan generando inestabilidad y perpetrando actos de terrorismo. El control territorial y las actividades ilícitas son sus principales motores, lo que explica la persistencia de los ataques en el Cauca y zonas aledañas. La existencia de "residencias" o campamentos de estos grupos en la región dificulta las operaciones de las fuerzas de seguridad y perpetúa la amenaza para la población. A diferencia de otros grupos, el gobierno no ha establecido negociaciones con la disidencia de "Iván Mordisco", lo que subraya la posición del Estado frente a la intransigencia de estos grupos armados.
Marco Legal y de Protección a la Niñez en Colombia:
La legislación colombiana cuenta con un robusto marco normativo para la protección de la niñez y la atención a las víctimas del conflicto armado. La Constitución Política de 1991, en su Artículo 44, establece que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. Asimismo, la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas y Restitución de Tierras) reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de especial protección y establece medidas de asistencia, atención y reparación integral para ellos. En particular, el Artículo 188 de esta ley considera víctimas a los huérfanos del conflicto armado.
Además, Colombia ha ratificado instrumentos internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, que obliga al Estado a tomar todas las medidas necesarias para proteger a los menores de los efectos del conflicto armado y garantizar su supervivencia, desarrollo y protección.
Para la prevención y atención de las alertas tempranas sobre riesgos y amenazas a los derechos humanos, el Decreto 2124 de 2017 reglamenta el Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida (SIPAR) y crea la Comisión Intersectorial para la Respuesta Rápida a las Alertas Tempranas (CIPRAT). Este decreto tiene como objetivo la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, buscando proteger a la población de la presencia y acciones de organizaciones criminales.
La Protección Especial a la Niñez y la Violación del Derecho Internacional Humanitario:
La afectación de 5 menores de edad en el reciente ataque no solo constituye una violación flagrante del derecho interno colombiano, sino también del Derecho Internacional Humanitario (DIH). El DIH prohíbe explícitamente el ataque directo e indiscriminado contra la población civil, y de manera particular, contra los niños y niñas, quienes son considerados "personas protegidas" en situaciones de conflicto armado. El reclutamiento y la utilización de niños en hostilidades también son crímenes de guerra.
Organizaciones como la Unidad para las Víctimas han documentado que más de dos millones de víctimas del conflicto armado en Colombia son niños, niñas y adolescentes, y que miles han sido víctimas de reclutamiento forzado. Las FARC, en sus diferentes facciones, han sido señaladas como el principal grupo armado ilegal de origen de los menores reclutados.
El Comité de los Derechos del Niño de la ONU ha expresado su preocupación por el alto número de niños reclutados en grupos armados en Colombia, instando al Estado a fortalecer los mecanismos de búsqueda urgente y a asegurar que los adolescentes reclutados sean tratados como víctimas.
Conclusiones y Llamado a la Acción:
Los 25 ataques terroristas registrados en el Cauca y sus alrededores en lo que va del año son una muestra de la persistencia y la escalada de la violencia. La tragedia de los 13 fallecidos, con la inclusión de 5 menores, exige una respuesta contundente y coordinada de todas las instancias del Estado. Es fundamental que las operaciones militares se desarrollen en estricto cumplimiento del DIH, priorizando la protección de la población civil y, de manera especial, de los niños, niñas y adolescentes.
La implementación efectiva de las leyes y decretos existentes, sumada a la cooperación interinstitucional y la denuncia ciudadana, son pilares fundamentales para desmantelar las estructuras criminales y garantizar un futuro de paz y seguridad para la niñez colombiana. El Estado tiene la obligación ineludible de garantizar los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, especialmente aquellos que, por su edad, son más vulnerables a los estragos del conflicto.
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