Balance de seguridad del fin de Semana. 13 personas capturadas, tres armas de fuego, dos armas traumáticas y 260 armas blancas incautadas, dejaron los operativos por la seguridad en Ibagué.
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Por: Oficina de prensa de la policía metropolitana de Ibagué. Tolima7dias.com.co
Durante el segundo fin de semana del año la Policía Metropolitana de Ibagué en articulación con la alcaldía municipal, desarrollaron 545 planes de control en el marco de la estrategia, “Ibagué: seguridad para todos”.
En el marco del plan estratégico "Ibagué, seguridad para todos", la Policía Metropolitana, en coordinación con la administración municipal, desplegó un amplio operativo para intensificar los controles y prevenir el delito en la ciudad de Ibagué y los municipios del área metropolitana. Estas acciones priorizaron la incautación de armas de fuego, armas blancas y armas traumáticas, elementos que frecuentemente facilitan la comisión de delitos, con el propósito de fortalecer la convivencia y la seguridad ciudadana.
Durante el fin de semana, se realizaron un total de 545 planes de prevención y control, los cuales incluyeron 224 operativos específicos dirigidos a motocicletas, 107 controles en el transporte público, 70 intervenciones en puntos calientes y 2 planes denominados “caravanas para la seguridad”.
Así mismo, se efectuaron acciones en parques, puestos de control vial y operativos en la terminal de transporte, logrando con ello impactar significativamente los puntos estratégicos de mayor incidencia delictiva. Además, como parte de estos esfuerzos, se verificaron 20.158 antecedentes a personas y 15.610 antecedentes a vehículos y motocicletas, consolidando así un control efectivo en toda la jurisdicción.
Estas intervenciones dieron como resultado 11 capturas en flagrancia y 2 por orden judicial por delitos como tentativa de homicidio, hurto, lesiones personales, porte ilegal de armas de fuego, entre otros.
Adicionalmente, se incautaron 3 armas de fuego, 2 armas traumáticas, 260 armas cortopunzantes y la recuperación de 1 motocicleta hurtada.
En cuanto a la aplicación del Código Nacional de Seguridad y Convivencia (Ley 1801 de 2016), se impusieron 332 órdenes de comparendo. De estas, 260 fueron por el porte de armas cortopunzantes, 27 por consumir, portar, distribuir, ofrecer o comercializar sustancias psicoactivas, otras 9 por participar en riñas y 4 por irrespetar a las autoridades de Policía.
Por su parte, en la línea de emergencias 123 atendieron 380 llamadas, entre las que se destacaron 50 reportes por riña, 23 casos de violencia intrafamiliar y 14 llamadas en broma.
Durante el fin de semana la Policía Metropolitana de Ibagué realizó acciones preventivas y operativas encaminadas a garantizar la tranquilidad de la ciudadanía, como son las “caravanas por la seguridad”, que buscan la prevención de los delitos de homicidio, lesiones personales, el hurto en todas sus modalidades, la afectación a la venta de estupefacientes y prevenir las riñas en la ciudad.
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Los empleadores en Colombia podrían tener la oportunidad de corregir determinados incumplimientos laborales antes de enfrentarse a una sanción administrativa. Así lo establece la Circular 110, expedida el 7 de octubre por el Ministerio del Trabajo, con la que se unifican los criterios de actuación de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social en todo el país.
Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co
La disposición, anunciada durante el Día Internacional del Trabajo Decente, busca que las autoridades laborales prioricen la corrección de irregularidades y el cumplimiento efectivo de las obligaciones con los trabajadores, siempre que las circunstancias y la legislación permitan aplicar medidas preventivas.
Sin embargo, la posibilidad de recibir una advertencia no significa que las empresas queden exentas de sanciones. La circular establece condiciones para que los inspectores determinen cuándo procede orientar al empleador y conceder un plazo para subsanar las irregularidades antes de iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio.
Uno de los aspectos centrales de la medida está relacionado con el reconocimiento y pago de obligaciones laborales pendientes. Bajo este enfoque, la intervención de los inspectores deberá procurar que los trabajadores reciban los pagos que les correspondan, sin limitar la actuación de las autoridades a la imposición de multas.
La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, explicó que las sanciones económicas no necesariamente resuelven las afectaciones a los empleados.
"Una multa, por sí sola, no garantiza que un trabajador reciba lo que le corresponde", señaló la funcionaria al referirse al propósito de la nueva disposición.
La Circular 110 se fundamenta en los Convenios 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que contemplan funciones de inspección y mecanismos de orientación para garantizar el cumplimiento de las normas laborales.
De acuerdo con el documento, la facultad de advertir y aconsejar deberá ejercerse mediante decisiones motivadas, criterios uniformes y respeto por las garantías legales. Su aplicación dependerá de las características de cada caso y no constituirá una autorización general para incumplir las obligaciones laborales.
La medida tampoco podrá utilizarse en todas las investigaciones. El Ministerio precisó que existen restricciones para los casos relacionados con conductas penalizadas por la ley y las actuaciones asumidas mediante poder preferente.
El lineamiento fue desarrollado desde el Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección y la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control. Además, aclara que la circular no crea nuevas infracciones ni modifica las sanciones previstas en la legislación vigente.
Con estas disposiciones, los inspectores laborales contarán con parámetros comunes para determinar cuándo corresponde realizar una intervención preventiva y cuándo resulta necesario acudir al procedimiento sancionatorio.
En consecuencia, la aplicación de advertencias dependerá de las condiciones legales de cada situación, mientras que las obligaciones de los empleadores y los derechos de los trabajadores continúan siendo exigibles.
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