La Policía Tolima y el CTI capturaron a un hombre de 57 años durante un allanamiento realizado en la vereda Arabia de Melgar, donde fueron incautados armamento, munición y estupefacientes, en una operación desarrollada hacia las 08:00 de la mañana como parte de acciones contra delitos que afectan la seguridad local._
De acuerdo con información oficial, la diligencia se ejecutó mediante un operativo conjunto entre la Unidad Básica de Investigación Criminal de la Seccional de Protección y Servicios Especiales, uniformados de la Estación de Policía Melgar, el Grupo de Operaciones Especiales (GOES) y el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI).
El procedimiento permitió la incautación de:
• 06 cartuchos de diferentes calibres.
• 02 grameras.
• Prendas de uso privativo de las Fuerzas Militares.
• 01 revólver calibre 38 mm con seis cartuchos sin permiso para porte o tenencia.
• 01 escopeta.
• 50 cigarrillos de marihuana con un peso de 175 gramos.
• 01 celular.
• 05 bolsas ziploc con dos gramos de base de coca.
• $227.000 en efectivo.
Por: Editor Región. Tolima7dias.com.co
Comunicado a la Opinión Pública
El capturado y el material incautado fueron puestos a disposición de la Fiscalía 37 Seccional de Melgar por los delitos de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. Según las autoridades, la persona está siendo presentada en audiencia virtual para definir su situación jurídica.
En comunicado, el coronel John Anderson Vargas Izao señaló que este tipo de procedimientos busca “afectar estructuras involucradas en distribución y comercialización de estupefacientes” en la zona.
Las autoridades informaron que los operativos continúan en distintos puntos del departamento y que la ciudadanía puede reportar actividades ilícitas a la línea 123 o ante la patrulla más cercana.
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El Concejo Municipal aprobó la modificación del Estatuto Tributario que regula la actualización catastral en Ibagué, estableciendo nuevos criterios de cobro, límites de incremento y mecanismos de gradualidad para el impuesto predial que regirá en 2026. La decisión se toma luego de más de diez años sin actualización de avalúos.
La reforma incorpora un capítulo específico para el impuesto predial, donde se determinan topes, rangos y porcentajes que limitarán los incrementos derivados de la actualización catastral. El ajuste permite definir el valor real de los predios según su estado físico y económico, aplicando los mínimos exigidos por la normativa nacional.
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Comunicado a la Opinión Pública
De acuerdo con la información oficial, los cobros del predial quedarán sujetos a límites que dependen del cambio en el avalúo. Los incrementos podrán oscilar entre el 15% y el 100%, según las reglas establecidas.
Cambios principales
1. Gradualidad en los pagos
Se fijan amortiguadores fiscales para controlar los aumentos del impuesto predial. Cuando un predio registre un incremento superior al 200% en su avalúo, el cobro solo podrá aumentar hasta un 50% frente al año anterior. También se mantiene el 15% de descuento por pronto pago hasta el 31 de marzo de 2026.
Ejemplo: si un contribuyente pagó $100.000 en 2025 y el valor proyectado de 2026 es $200.000, el tope permitirá que solo se cobre $150.000.
2. Pequeños negocios familiares
Los predios donde funcionen tiendas, peluquerías, misceláneas, talleres caseros o emprendimientos continuarán pagando tarifa de vivienda si el área destinada a comercio no supera el 40% de la construcción. Esta medida busca evitar que estos inmuebles sean clasificados como comercios formales.
3. Estratos 1 y 2
Las viviendas urbanas con avalúos iguales o inferiores a 135 SMMLV (aprox. $192 millones) tendrán como límite de aumento el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Para el cálculo del predial se aplicará el 60% del avalúo comercial, el mínimo permitido por ley.
4. Sector rural
Los nuevos criterios diferencian los incrementos según el tamaño de la propiedad:
• Menos de 5 hectáreas: aumento máximo del 200%.
• Entre 5 y 20 hectáreas: aumento máximo del 300%.
• Más de 20 hectáreas: aumento máximo del 400%.
Todas las viviendas rurales pagarán tarifa correspondiente al estrato 1.
Además, se ajustan tarifas para parcelaciones agroturísticas y ecoturísticas, se reclasifican centros poblados como rurales según el POT y se establece que los predios en suelo de expansión solo pagarán tarifa urbana si ya se encuentran urbanizados.
¿Aumentará el impuesto predial para todos?
No. La actualización catastral no crea nuevos impuestos ni modifica tarifas. Solo actualiza el avalúo de los predios. Si el valor baja, el impuesto también disminuye automáticamente.
La ciudadanía podrá consultar los nuevos avalúos, simulaciones de pago y detalles de los topes establecidos en los canales oficiales habilitados para resolver inquietudes sobre la actualización catastral.
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