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Alcaldesa de Ibagué, en la cuerda floja, Consejo de Estado, definirá su continuidad en el cargo

Alcaldesa de Ibagué, en la cuerda floja, Consejo de Estado, definirá su continuidad en el cargo
29 de Jan, 2025

Nuevamente en veremos la continuidad de la alcaldesa de Ibagué, tribunal administrativo del Tolima aceptó apelación al fallo en primera instancia sobre el proceso que por doble militancia se le adelantaba a la mandataria Local, el cual le salio a favor. Ahora todo el expediente pasa a manos de la sección quinta del Consejo de Estado, quiénes deberán arrancar de ceros el caso, y decidirán si la señora Johana Aranda, continua o no en el cargo.

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Por: Editor General. Tolima7dias.com.co

Nuevamente la angustia se toma la alcaldía de Ibagué en manos del Clan Hurtado, porqué el tribunal administrativo del Tolima, emitido auto LCO-1 donde concede y corre traslado al Consejo de Estado en efecto suspensivo y para ser conocido por la alta corte, los recursos de apelación interpuestos por la parte demandante.

Tribunal Administrativo del Tolima
Magistrado: Luís Eduardo Collazos Olaya

Ibagué, veintiocho (28) de enero de dos mil veinticinco (2025)
Expediente Electrónico
Radicación N.º:73001-23-33-000-2023-00466-00
Medio de control: Nulidad Electoral

Demandante:José Baruth Tafur Gutiérrez
Demandado:Johana Ximena Aranda Rivera
Apoderado: Juan Carlos Novoa BuenDía
Interviniente:Consejo Nacional Electoral
Apoderado:Vilma Esperanza Restrepo Murillo
Interviniente:Registraduría Nacional del Estado Civil
Apoderado:Luisa Fernanda Buritiza Salazar

Tema: CAUSAL DE NULIDAD ELECTORAL DE "PROHIBICIÓN DE DOBLE MILITANCIA" Y VIOLACIÓN AL RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA SER ALCALDE DE IBAGUÉ POR EJERCER AUTORIDAD CIVIL, POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA.

Asunto: Concede recurso de apelación (Art. 292 CPACA)

Teniendo en cuenta la constancia secretarial que antecede y los documentos elevados, se procederá a conceder los recursos interpuestos, por cumplir con los requisitos legales, de conformidad con lo previsto en el artículo 292 del CРАСА.

Así las cosas, el despacho

RESUELVE

PRIMERO.- CONCEDER en efecto suspensivo y para ser conocido por el Honorable Consejo de Estado, los recursos de apelación interpuestos por la parte demandante y el tercero coadyuvante demandante contra la sentencia³ proferida por esta Corporación el doce (12) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024), que negó las pretensiones de la demanda. Por Secretaría, comuníquese por el medio más expedito esta decisión y remítase el expediente al H. Consejo de Estado Sección Quinta, dentro del término que prevé el segundo numeral del artículo 292 del CPACA, para surtir la apelación.

SEGUNDO.- Notifíquese esta decisión a las partes por estado debiéndose remitir el mensaje de datos a la dirección electrónica por ellas aportadas, en la forma y términos establecidos en el artículo 201 del CPACA.

TERCERO.- Se advierte a los sujetos procesales que la presente actuación se está adelantando en el aplicativo SAMAI (https://samaijca.consejodeestado.gov.co/o el que esté vigente), y que todas sus solicitudes, memoriales, recursos y demás documentos deben radicarse únicamente por la ventanilla de atención virtual del sistema Samai a través del link https://ventanillavirtual.consejodeestado.gov.co/o el que se determine para estos fines. Asimismo, en cumplimento con el deber impuesto en el artículo 3º de la Ley 2213 de 2022 y el numeral 14 del artículo 78 del C.G.P., dichas solicitudes deberán ser copiadas a los demás sujetos procesales.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

LUÍS EDUARDO COLLAZOS OLAYA

Magistrado

Se deja constancia de que esta providencia fue firmada en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que se garantiza su autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 de la ley 1437 de 2011. Puede Validarse el documento en el siguiente link: https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador.aspx

Copia: documento emitido por el tribunal administrativo del Tolima.



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Este sería el autor intelectual, del asesinato de ingeniero en el sur del Tolima

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02 de Mar, 2025

Asegurado hombre qué habría participado en el homicidio de un ingeniero civil en el Tolima. La víctima llegaba a su finca, ubicada en zona rural de Purificación, cuando fue sorprendida por varios sicarios. A la fecha ya son cuatro las personas judicializadas por estos hechos.

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Por: Oficina de prensa de la Fiscalía General de la Nación. Tolima7dias.com.co

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Diego Hernán Marín Buriticá, señalado de participar en el homicidio de un ingeniero civil, en 2018.

En desarrollo de las audiencias concentradas, un fiscal seccional Tolima le imputó los delitos de concierto para delinquir, homicidio; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, todas las conductas agravadas. Los cargos no fueron aceptados.

De acuerdo con la investigación, el 26 de mayo de 2018, la víctima llegó a su finca, donde sicarios le dispararon desde una motocicleta. Además, se apoderaron de algunas de sus pertenencias y dinero en efectivo.

Marín Buriticá, al parecer, suministró dinero a los demás implicados para facilitar su desplazamiento en motocicletas, desde Ibagué hasta zona rural de Purificación, para acabar con la vida del reconocido ingeniero civil. Este hombre fue capturado por la Policía Nacional en el municipio.

Por estos mismos hechos, ya han sido judicializadas otras tres personas, quienes se encuentran en etapa de acusación.

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