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¿Cómo va la Paz total en la Corte constitucional? estas son sus demandas y cuantas hay

¿Cómo va la Paz total en la Corte constitucional? estas son sus demandas y cuantas hay
30 de Jun, 2023

Se informa sobre ocho acciones de inconstitucionalidad presentadas ante la Corte Constitucional de Colombia contra la Ley 2272, conocida como Ley de Paz Total.


El magistrado Jorge Ibáñez está a cargo de una de estas demandas, y recientemente se dio a conocer una ponencia para que la Corte tumbe la ley.

La primera demanda fue presentada por Jorge Pava Quiceno, quien solicitó que se declararan inconstitucionales tres apartes específicos de la ley. Según sus argumentos, durante el trámite del proyecto en el Congreso se violaron principios fundamentales como la consecutividad e identidad flexible. Pava también argumentó que la posibilidad de negociar con disidentes de acuerdos de paz anteriores, establecida en el artículo 2 de la ley, no fue debatida adecuadamente en las sesiones conjuntas de Cámara y Senado. Además, señaló que el artículo 12 y el artículo 18 fueron agregados de manera inconexa durante el debate en la plenaria de la Cámara.

La Corte admitió la demanda en diciembre del año pasado, pero negó la solicitud de suspender los efectos del artículo 2 mientras tomaba una decisión. El Auto 272, que rechazó la medida cautelar, aún no está disponible para el público.

Hasta el momento, la Corte ha recibido 24 intervenciones y conceptos de ciudadanos y entidades, incluyendo uno de la Procuraduría que pide la declaración de inconstitucionalidad de toda la norma. Sin embargo, debido a una circular emitida por la presidencia de la Corte, los términos de los procesos de inconstitucionalidad están suspendidos hasta el 10 de julio debido a la retirada de la secretaria general, Martha Sáchica.

Las decisiones de la Corte sobre estas demandas serán relevantes para el futuro de la Ley de Paz Total y los proyectos y reformas relacionados con el proceso de paz en Colombia.

La ley más demandada de Petro


La ley continúa con más demandas presentadas contra la Ley de Paz Total. Erick Yanfred Rojas Ortega demandó toda la ley y también solicitó que se declararan inexequibles los dos primeros párrafos del artículo 5. Además, pidió que se tumbara el Decreto 2422 del año pasado, que creó la Comisión Intersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana. Sin embargo, la Corte rechazó la demanda debido a que su argumentación no fue clara y la competencia de la Corte se limita principalmente a leyes.

Cuatro miembros del Congreso también presentaron demandas contra la Ley 2272. El representante a la Cámara José Jaime Uscátegui del Centro Democrático presentó una demanda, pero fue rechazada inicialmente por falta de claridad en sus argumentos. Posteriormente, corrigió su demanda y la Corte la aceptó. Las senadoras Paloma Valencia, María Fernanda Cabal y Paola Holguín también presentaron demandas solicitando la eliminación de diferentes artículos de la ley. El senador Carlos Fernando Motoa presentó su propia demanda, que fue unida al expediente de las congresistas. Estas demandas fueron rechazadas y corregidas, y aún se espera la decisión final.

Además de las demandas de los congresistas, el abogado Javier Ortiz Muñoz presentó una demanda contra el artículo 12 de la ley, argumentando que el Congreso estaba prolongando la vigencia de artículos previamente declarados inconstitucionales. Por último, tres ciudadanas y un ciudadano de la Fundación Universitaria San Mateo presentaron una demanda contra el artículo 5 de la ley, pero su escrito fue rechazado por falta de claridad en los argumentos.

Hasta la fecha de la noticia, no se han tomado decisiones definitivas sobre estas demandas, y algunos expedientes están pendientes debido a la suspensión de términos por la circular emitida por la Corte. El futuro de la Ley de Paz Total sigue siendo incierto debido a estas múltiples acciones de inconstitucionalidad.

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"El salario mínimo no se baja y nadie tiene que devolver un solo peso": Gobierno nacional

Video: Natalia López Fuentes Ministra del trabajo Colombia. tolima7dias.com.co
11 de Oct, 2026

 

El salario mínimo se mantiene en $1.750.905, más $249.095 de auxilio de transporte, para quienes tienen derecho a recibirlo.

Las demandas ante el Consejo de Estado no implican una reducción salarial ni obligan a devolver los recursos recibidos

 

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Por: Oficina de prensa del ministerio del trabajo. tolima7dias.com.co

 

El Ministerio del Trabajo envía un mensaje de tranquilidad a millones de colombianos: el salario mínimo de 2026 continúa vigente, no se ha ordenado su reducción y ningún trabajador debe devolver dinero por las demandas que actualmente estudia el Consejo de Estado. La cartera laboral desmiente las versiones sobre una supuesta eliminación del incremento del 23% y reitera que los valores establecidos deben seguir aplicándose conforme a la normativa vigente.

 

El Ministerio precisa que el salario mínimo mensual continúa en $1.750.905, más $249.095 de auxilio de transporte, para un total de $2.000.000 mensuales para quienes tienen derecho a este beneficio. Asimismo, aclara que la existencia de demandas judiciales no modifica por sí misma las obligaciones salariales ni genera la devolución de los recursos recibidos. La decisión sobre la legalidad del decreto corresponde exclusivamente al Consejo de Estado, cuya independencia y competencia son plenamente respetadas por esta cartera.

 

"A los colombianos les decimos con absoluta claridad: el salario mínimo sigue vigente y nadie tiene que devolver un solo peso por las demandas en curso. No vamos a permitir que la desinformación juegue con la tranquilidad de millones de familias. Desde el Ministerio del Trabajo actuamos con responsabilidad, respetamos la justicia y mantenemos nuestro compromiso con la protección de los ingresos y los derechos laborales", afirmó la ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes.

 

El Ministerio del Trabajo reitera que los derechos laborales se respetan, los salarios se pagan conforme a la ley y la tranquilidad de las familias colombianas no puede estar sujeta a rumores ni desinformación. La entidad continuará vigilando el cumplimiento de las disposiciones vigentes y brindando orientación a través de sus direcciones territoriales y canales oficiales. El mensaje es claro: el salario mínimo sigue vigente, los recursos recibidos no deben devolverse por las demandas en curso y los colombianos pueden confiar en que el Ministerio actuará con transparencia, responsabilidad y firmeza en la protección de sus derechos.

 

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