Tolima7dias.com.co, el principal medio de comunicación digital del Tolima.

El principal medio de comunicación digital del Tolima.

Estas son las restricciones de campañas electorales para el tema publicitario

Estas son las restricciones de campañas electorales para el tema publicitario
15 de Aug, 2023

La normativa expedida es para empezar a regir las limitaciones en publicidades radiales, cuñas y espacios publicitarios exteriores y digitales en las plataformas como también vallas publicitarias y publicidad exterior.


Van corriendo alrededor de 75 días de campaña, y las elecciones ya empiezan a calentarse rumbo hasta el 29 de octubre, día de las elecciones, y sin embargo algunas ya empiezan a ser notorias en varias plataforma, sin embargo algunas campañas no han tenido en cuenta la reglamentación de tener en cuenta que muchas de la prácticas que ya no se pueden hacer uso, como poner pasacalles en lugares no autorizados como también tener en cuenta que en los medios solo puede dan entrevistas comentando su perfil, mas no publicitar con ellos; quien incumpla estas reglamentaciones será desmontada su publicidad como también podría ser acreedor de una multa de hasta 2 salarios mínimos según el caso. Para hacer dar a conocer estas reglamentaciones el Consejo Nacional Electoral

En el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, el Consejo Nacional Electoral ha expedido la **Resolución No. 0331 de 2023**, en la cual se establecen normas para la propaganda electoral en las elecciones que tendrán lugar durante el año 2023. La resolución tiene como objetivo regular la divulgación política y la propaganda electoral a través de los medios de comunicación para garantizar la equidad y el control en las campañas políticas.

**Consideraciones y Antecedentes**


La resolución se basa en disposiciones constitucionales y legales que establecen los límites y condiciones para la propaganda electoral en Colombia. Además, se tiene en cuenta la clasificación de los municipios de acuerdo a su población e ingresos corrientes de libre destinación, lo cual influye en la cantidad de propaganda permitida.

**Cuñas Radiales**


Para las elecciones de Gobernación, Asamblea, Alcaldías, Concejos y Juntas Administradoras Locales, se establecen límites máximos de cuñas radiales diarias que pueden emitir los partidos, movimientos políticos, movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos. Estos límites varían dependiendo de la categorización de los municipios:

- Municipios de sexta, quinta y cuarta categoría: Hasta treinta (30) cuñas radiales diarias, cada una de hasta quince (15) segundos.
- Municipios de tercera y segunda categoría: Hasta cuarenta (40) cuñas radiales diarias, cada una de hasta veinte (20) segundos.
- Municipios de primera categoría: Hasta cincuenta (50) cuñas radiales diarias, cada una de hasta veinticinco (25) segundos.
- Municipios de categoría especial: Hasta sesenta (60) cuñas radiales diarias, cada una de hasta treinta (30) segundos.
- Distrito Capital: Hasta setenta (70) cuñas radiales diarias, cada una de hasta treinta (30) segundos.

**Avisos en Medios de Comunicación Impresos**


La resolución también establece el número máximo de avisos en medios de comunicación impresos que pueden publicar las campañas políticas en función de la categorización de los municipios. Se definen límites para la cantidad de avisos permitidos por edición y tamaño de página.

**Vallas Publicitarias**


La cantidad de vallas publicitarias que pueden ser instaladas por cada campaña política también se regula en función de la categorización de los municipios. Se establece un límite máximo de vallas y un área específica para cada una.

**Responsabilidad de los Medios de Comunicación**


Los medios de comunicación, periódicos, revistas, emisoras de radio, canales de televisión y empresas de publicidad deben informar al Consejo Nacional Electoral acerca de la propaganda electoral contratada con ellos, detallando aspectos como el número de piezas publicitarias, el costo, la ubicación y más.

**Aplicación de la Resolución**


La resolución regirá para las elecciones de Gobernación, Asamblea, Alcaldías, Concejos y Juntas Administradoras Locales que se lleven a cabo durante el año 2023. También aplicará para las consultas populares, internas e interpartidistas.

*Esta resolución tiene como objetivo garantizar la equidad y el control en la propaganda electoral, estableciendo límites claros para la divulgación política a través de medios de comunicación y vallas publicitarias, con el fin de asegurar una competencia justa y transparente en las elecciones del año 2023.*

Más Noticias Recientes

Loading...

Plazo límite pone en riesgo elecciones comunales en Ibagué

Plazo límite pone en riesgo elecciones comunales en Ibagué
Foto: suministrada a Tolima7Días
26 de Mar, 2026

Las Juntas de Acción Comunal (JAC) de Ibagué tienen hasta este 26 de marzo para conformar el Tribunal de Garantías, requisito obligatorio para poder realizar las elecciones comunales programadas para el 26 de abril. La falta de este órgano podría impedir que varias juntas participen en el proceso electoral.

 

Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co

 

El Tribunal de Garantías debe estar integrado por tres miembros principales y tres suplentes, quienes serán responsables de supervisar la transparencia y legalidad de las elecciones en cada sector. Sin esta conformación, no se habilitaría la realización de los comicios en las juntas incumplidas.

 

De forma paralela, continúa abierto el proceso de afiliación de ciudadanos interesados en participar en las JAC. Para ello, cada junta debe establecer horarios, fechas y puntos de atención que permitan el registro de nuevos miembros.

 

Podrán afiliarse personas que residan en el sector o que tengan un establecimiento de comercio formalmente registrado en la zona, siempre que no estén inscritas en otra junta. Quienes no logren realizar el trámite de manera presencial pueden solicitarlo mediante el correo apoyocomunitario@ibague.gov.co, explicando las razones de la solicitud.

 

El cumplimiento de estos requisitos será determinante para la participación efectiva de las juntas en las elecciones comunales previstas, en un proceso que depende de la organización y gestión interna de cada comunidad.

 

Tolima7dias.com.co Sabe lo que dice.

Más Noticias Recientes

Loading...