El próximo 31 de enero de 2026 vence el plazo para que empresas con operaciones en Ibagué soliciten exenciones tributarias en los impuestos Predial e Industria y Comercio (ICA), beneficios condicionados a la generación de empleo y a la construcción o apertura de nuevas sedes en la ciudad.
Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co
Las medidas están dirigidas a empresas comerciales, industriales y agroindustriales que se hayan establecido en Ibagué desde el 1 de enero de 2025, así como a compañías ya existentes que durante ese año hayan abierto sucursales o nuevas instalaciones, de acuerdo con lo estipulado en el Acuerdo 018 de 2024.
En el caso del impuesto Predial, las exoneraciones aplican a edificaciones con áreas desde 2.000 metros cuadrados hasta más de 8.000 metros cuadrados. Para el ICA, los beneficios dependen del número de empleos generados, que puede ir desde dos hasta más de cien puestos de trabajo.
Las solicitudes deben ser radicadas en la Secretaría de Hacienda de Ibagué, ubicada en la carrera Segunda No. 13-38, dentro de los horarios establecidos de atención al público.
Tras la radicación, las empresas serán notificadas sobre la aceptación o no de su solicitud antes del 31 de marzo de 2026, fecha que también corresponde al límite para pagar el impuesto Predial con un descuento del 15% y para presentar la declaración del impuesto de Industria y Comercio correspondiente a la vigencia 2025.
Exoneraciones en el impuesto de Industria y Comercio
Las exenciones en el ICA pueden otorgarse por hasta 10 años, con beneficios que alcanzan el 100%, según la cantidad de empleos creados.
Por ejemplo, empresas que generen entre 2 y 9 empleos pueden acceder a una exoneración del 100% durante el primer año, del 60% en el segundo y tercer año, y del 50% en el cuarto y quinto año.
Beneficios en el impuesto Predial
Las empresas que hayan construido o ampliado instalaciones en la ciudad pueden acceder a exoneraciones que oscilan entre el 40% y el 80%, dependiendo del área construida.
Para edificaciones que superen los 8.001 metros cuadrados, el beneficio puede extenderse por 10 años, con una exoneración del 80% durante los primeros cinco años y del 60% durante los cinco años siguientes.
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