El sorteo 4163 de la Lotería del Tolima, celebrado la noche de este lunes 30 de marzo de 2026, puso el sello final a un mes cargado de premios y emociones. La lotería que más billete da volvió a cumplir su promesa, repartiendo millones en todo el país y demostrando que, para quienes persiguen sus sueños, la suerte siempre encuentra el camino.
El gran ganador del premio mayor de este lunes 30 de marzo es el número 6680 de la serie 132.


Este cierre de mes dejó a cientos de colombianos celebrando gracias a los espectaculares premios especiales de vivienda, vehículos y los tradicionales secos millonarios:
¿Ya revisó su fracción? No olvide que además de estos premios principales, la Lotería del Tolima entrega miles de premios más por aproximaciones. Cada billete tiene un costo de $12.000 (incluye 3 fracciones de $4.000 cada una) y puede comprarse fácilmente en los puntos Gana Gana, o en cualquiera de los más de 10.000 puntos de venta de Efecty, Gelsa y Codesa a nivel nacional.
¿A qué hora juega la Lotería del Tolima?
Esta lotería se juega todos los lunes a las 10:30 de la noche. En caso de ser festivo, el sorteo se traslada para el día siguiente, martes, a la misma hora para que la suerte nunca se detenga.
¡Felicitaciones a todos los ganadores de este sorteo 4163! Si esta vez no fue para usted, no se desanime; un nuevo mes comienza y con él, nuevas oportunidades de cambiar su vida. ¡Siga apostándole a sus sueños con la Lotería del Tolima!
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Los empleadores en Colombia podrían tener la oportunidad de corregir determinados incumplimientos laborales antes de enfrentarse a una sanción administrativa. Así lo establece la Circular 110, expedida el 7 de octubre por el Ministerio del Trabajo, con la que se unifican los criterios de actuación de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social en todo el país.
Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co
La disposición, anunciada durante el Día Internacional del Trabajo Decente, busca que las autoridades laborales prioricen la corrección de irregularidades y el cumplimiento efectivo de las obligaciones con los trabajadores, siempre que las circunstancias y la legislación permitan aplicar medidas preventivas.
Sin embargo, la posibilidad de recibir una advertencia no significa que las empresas queden exentas de sanciones. La circular establece condiciones para que los inspectores determinen cuándo procede orientar al empleador y conceder un plazo para subsanar las irregularidades antes de iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio.
Uno de los aspectos centrales de la medida está relacionado con el reconocimiento y pago de obligaciones laborales pendientes. Bajo este enfoque, la intervención de los inspectores deberá procurar que los trabajadores reciban los pagos que les correspondan, sin limitar la actuación de las autoridades a la imposición de multas.
La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, explicó que las sanciones económicas no necesariamente resuelven las afectaciones a los empleados.
"Una multa, por sí sola, no garantiza que un trabajador reciba lo que le corresponde", señaló la funcionaria al referirse al propósito de la nueva disposición.
La Circular 110 se fundamenta en los Convenios 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que contemplan funciones de inspección y mecanismos de orientación para garantizar el cumplimiento de las normas laborales.
De acuerdo con el documento, la facultad de advertir y aconsejar deberá ejercerse mediante decisiones motivadas, criterios uniformes y respeto por las garantías legales. Su aplicación dependerá de las características de cada caso y no constituirá una autorización general para incumplir las obligaciones laborales.
La medida tampoco podrá utilizarse en todas las investigaciones. El Ministerio precisó que existen restricciones para los casos relacionados con conductas penalizadas por la ley y las actuaciones asumidas mediante poder preferente.
El lineamiento fue desarrollado desde el Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección y la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control. Además, aclara que la circular no crea nuevas infracciones ni modifica las sanciones previstas en la legislación vigente.
Con estas disposiciones, los inspectores laborales contarán con parámetros comunes para determinar cuándo corresponde realizar una intervención preventiva y cuándo resulta necesario acudir al procedimiento sancionatorio.
En consecuencia, la aplicación de advertencias dependerá de las condiciones legales de cada situación, mientras que las obligaciones de los empleadores y los derechos de los trabajadores continúan siendo exigibles.
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