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Tembló en Cundinamarca ¿lo sintió? ésta fue su escala

Tembló en Cundinamarca ¿lo sintió? ésta fue su escala
14 de Aug, 2023

La profundidad del temblor fue menor a 30 kilómetros: de acuerdo con reportes en redes sociales, se sintió en Medellín, Pereira e incluso en ciudades como Bucaramanga y Cúcuta.










Un temblor de magnitud 4.8 se sintió en el departamento de Antioquia , según confirmó en sus redes sociales el Servicio Geológico Colombiano, SGC, en sus redes sociales.

El epicentro de este sismo se localizó cerca de Tarazá, a una distancia de 24 kilómetros, según la información del organismo. A su vez, la zona de Briceño, a unos 27 kilómetros del epicentro, e Ituango, a unos 31 kilómetros, también sintieron los efectos de este temblor.

La profundidad del sismo fue menor a 30 kilómetros: de acuerdo con reportes en redes sociales, se sintió en Medellín, Pereira e incluso en ciudades como Bucaramanga. Inicialmente, el Servicio Geológico Colombiano, SGC, había reportado que la magnitud había sido de 4.4, pero posteriormente la cambió a 4.8, tal como lo muestra la siguiente imagen.


Sismo




 

Las zonas más vulnerables de Colombia ante un terremoto


La geografía de Colombia alberga belleza y diversidad, pero también presenta desafíos en términos de actividad sísmica.

  1. El Eje Cafetero
    El pintoresco Eje Cafetero, conocido por sus exuberantes paisajes y cultivos de café, también se encuentra en una zona sísmicamente activa. De acuerdo con el Servicio Geológico Colombiano, esta región está en la confluencia de múltiples fallas geológicas, lo que aumenta su vulnerabilidad ante un terremoto de gran magnitud. Los expertos enfatizan la importancia de implementar medidas de construcción sismo-resistentes en esta área.

  2. Valle del Cauca
    El Instituto Colombiano de Geología y Minería (INGEOMINAS) destaca que el Valle del Cauca, bañado por las aguas del océano Pacífico, también enfrenta riesgos sísmicos significativos. La convergencia de placas tectónicas en la costa del Pacífico hace que esta región sea propensa a eventos sísmicos. Ciudades como Cali deben considerar cuidadosamente la planificación urbana y la preparación para mitigar los riesgos.

  3. La zona de Antioquia
    Antioquia, en donde se encuentran ciudades como Medellín, exhibe la majestuosidad de la Cordillera de los Andes, pero también se encuentra en una región con actividad sísmica. El Plan Departamental de Gestión del Riesgo de Antioquia señala que el departamento está en una zona de interacción de placas tectónicas, lo que incrementa la amenaza de terremotos. La planificación de infraestructuras resilientes es crucial para esta zona densamente poblada.

  4. El Pacífico
    La región del Pacífico colombiano, rica en biodiversidad y cultura, también enfrenta riesgos sísmicos considerables. Según la Red Sismológica Nacional de Colombia, esta zona es afectada por la subducción de la Placa de Nazca bajo la Placa Sudamericana, lo que da lugar a terremotos y tsunamis potenciales. Las comunidades costeras deben estar preparadas para enfrentar estas amenazas naturales.







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¿Empresas podrán evitar multas laborales? Nueva circular establece condiciones en Colombia

Foto: suministrada a Tolima7Días
08 de Oct, 2026

Los empleadores en Colombia podrían tener la oportunidad de corregir determinados incumplimientos laborales antes de enfrentarse a una sanción administrativa. Así lo establece la Circular 110, expedida el 7 de octubre por el Ministerio del Trabajo, con la que se unifican los criterios de actuación de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social en todo el país.

 

Por: Editor Región, Tolima7dias.com.co

 

La disposición, anunciada durante el Día Internacional del Trabajo Decente, busca que las autoridades laborales prioricen la corrección de irregularidades y el cumplimiento efectivo de las obligaciones con los trabajadores, siempre que las circunstancias y la legislación permitan aplicar medidas preventivas.

Sin embargo, la posibilidad de recibir una advertencia no significa que las empresas queden exentas de sanciones. La circular establece condiciones para que los inspectores determinen cuándo procede orientar al empleador y conceder un plazo para subsanar las irregularidades antes de iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio.

Uno de los aspectos centrales de la medida está relacionado con el reconocimiento y pago de obligaciones laborales pendientes. Bajo este enfoque, la intervención de los inspectores deberá procurar que los trabajadores reciban los pagos que les correspondan, sin limitar la actuación de las autoridades a la imposición de multas.

La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, explicó que las sanciones económicas no necesariamente resuelven las afectaciones a los empleados.

"Una multa, por sí sola, no garantiza que un trabajador reciba lo que le corresponde", señaló la funcionaria al referirse al propósito de la nueva disposición.

La Circular 110 se fundamenta en los Convenios 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que contemplan funciones de inspección y mecanismos de orientación para garantizar el cumplimiento de las normas laborales.

De acuerdo con el documento, la facultad de advertir y aconsejar deberá ejercerse mediante decisiones motivadas, criterios uniformes y respeto por las garantías legales. Su aplicación dependerá de las características de cada caso y no constituirá una autorización general para incumplir las obligaciones laborales.

La medida tampoco podrá utilizarse en todas las investigaciones. El Ministerio precisó que existen restricciones para los casos relacionados con conductas penalizadas por la ley y las actuaciones asumidas mediante poder preferente.

El lineamiento fue desarrollado desde el Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección y la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control. Además, aclara que la circular no crea nuevas infracciones ni modifica las sanciones previstas en la legislación vigente.

Con estas disposiciones, los inspectores laborales contarán con parámetros comunes para determinar cuándo corresponde realizar una intervención preventiva y cuándo resulta necesario acudir al procedimiento sancionatorio.

En consecuencia, la aplicación de advertencias dependerá de las condiciones legales de cada situación, mientras que las obligaciones de los empleadores y los derechos de los trabajadores continúan siendo exigibles.

 

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