Asegurados dos presuntos integrantes de "los Caimanes' por hurto en la modalidad de fleteo en Ibagué. Los procesados estarían implicados en participación en fleteos ocurridos en diferentes ciudades del país.
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Por: Oficina de prensa de la Fiscalía General de la Nación. Tolima7dias.com.co
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario a un hombre, y detención domiciliaria a una mujer, presuntamente responsables de tres hurtos ocurridos bajo la modalidad de fleteo. Los hechos ocurrieron entre mayo y agosto de 2023 en el Tolima.
La Fiscalía, a través de un despacho seccional adscrito a la unidad de Estructura de Apoyo -EDA- de Ibagué, les imputó los delitos de concierto para delinquir; fabricación, tráfico o porte ilegal de armas de fuego o municiones y; hurto calificado y agravado. Cargos que no fueron aceptados por los procesados.
César Alberto Pulido Castillo fue capturado en Barranquilla (Atlántico) y Nathalia Ramírez Agudelo, en Ibagué (Tolima). Los dos están siendo señalados de haber participado en tres hechos puntuales ocurridos en el Guamo, El Espinal y la capital tolimense, los días 19 y 26 de mayo, y el 11 de agosto del año pasado, respectivamente. Al parecer, los procesados hacían parte de la organización ilegal 'Los Caimanes'.
Según la investigación, luego de que las víctimas salían de entidades bancarias eran sorprendidas y despojadas de sus dineros. En total las personas afectadas perdieron 247 millones de pesos.
A la fecha ya han sido detenidas cinco personas por estos mismos hechos, sus procesos se encuentran en etapa de juicio.
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Ya se sabe la fecha en la que tránsito inmovilizará todas las motocicletas que modifiquen el silenciador. Después de sancionada la ley antirruido hay un período de socialización, pero luego iniciarán las multas e inmovilizaciones a motos.
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Por: Redacción Blue Radio, Redacción nacional. Tolima7dias.com.co
El crecimiento acelerado del parque de motocicletas en Colombia ha llevado a las autoridades a reforzar las medidas de control en las vías. De acuerdo con cifras del sector, solo en marzo de 2025 se registraron 84.226 nuevas matrículas, un aumento del 45,76 % en comparación con el mismo mes del año anterior.
Ante este escenario, el Congreso tramitó y el presidente Gustavo Petro sancionó una nueva normativa conocida como la ley antirruido, que empezará a tener efectos directos sobre los motociclistas que alteren sus vehículos para generar más ruido.
¿Cuál es el nivel de ruido permitido para motos en Colombia?
Con la entrada en vigor de esta ley, el Ministerio de Transporte será el encargado de reglamentar los niveles máximos de ruido permitidos para los vehículos, especificando parámetros técnicos para todo el país.
Un agente de tránsito en Bogotá realizando una inspección a una motocicleta.
Las autoridades deberán seguir una serie de directrices para determinar si una moto incumple o no con la ley.
Actualmente, de acuerdo con la reglamentación del Ministerio de Salud, el nivel de ruido autorizado para motocicletas es de 86 decibeles. Aquellos conductores que excedan este límite, tras modificar sus motos, serán objeto de sanciones.
¿Cuándo iniciarán sanciones contra motos por ley antirruido?
La implementación de la normativa contempla una primera etapa pedagógica de seis meses, durante la cual se socializarán las nuevas reglas y se buscará sensibilizar a los conductores sobre los impactos del ruido excesivo.
Una vez concluido este período, comenzarán las sanciones económicas y administrativas. En otras palabras, si la ley fue sancionada a inicios de marzo, las sanciones como multas e inmovilzación inciarán desde septiembre de 2025.
Qué multas y sanciones hay por tener exosto de moto modificado
Entre las sanciones previstas está la aplicación de la infracción C28, que contempla una multa de 604.000 pesos por circular con dispositivos que alteren el ruido del vehículo o con el silenciador en mal estado o retirado.
Hay infracciones en motos que pueden dar para inmovilizar el vehículo.Foto: Alcaldía de Bogotá
Además, la infracción D17 impone una multa de $1.208.000 a quienes incumplan las normas de emisión contaminante o de generación de ruido.
Uno de los aspectos más relevantes de esta ley es la posibilidad de que las autoridades de tránsito inmovilicen las motocicletas que excedan los niveles de ruido permitidos, medida que será aplicada de manera estricta una vez finalice el periodo de socialización y tendrá como finalidad garantizar un entorno sonoro más saludable para la población.
¿Por qué inmovilizarán y multarán a motos con exosto modificado?
Aunque la ley también abarca otras fuentes de ruido, como zonas de rumba, maquinaria pesada y reuniones privadas, las motocicletas representan uno de los focos principales debido al volumen de quejas ciudadanas.
Según informó el representante a la Cámara Daniel Carvalho, impulsor de la ley junto con el abogado ambiental Camilo Quintero, uno de los principales objetivos es reducir la contaminación auditiva causada por motocicletas que han sido modificadas en su sistema de escape.
La modificación de exhostos para aumentar el sonido del motor o la eliminación del silenciador de fábrica son prácticas que, según investigaciones citadas por Carvalho, concentran la mayor parte de las quejas de la ciudadanía.
De tener el exosto modificado y violar las normas de exceso de ruido, podrían multar a un motociclista.
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