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3 disidentes FARC, se les han suspendido ordenes de captura ¿quienes son?

3 disidentes FARC, se les han suspendido ordenes de captura ¿quienes son?
08 de Jan, 2023

Uno de ellos es el segundo jefe del frente 33, con injerencia en Norte de Santander.


Este mediodía del domingo se  publicó que la Fiscalía General suspendió las órdenes de captura, hasta con fines de extradición y por 15 días, de tres personas a las que el gobierno de Gustavo Petro reconoció "como miembros representantes del Estado Mayor Central de las Farc-Ep".

En esa línea, ellos serían los representantes de dicho Estado Mayor (disidencias) en la propuesta de 'paz total'.

El 30 de diciembre de 2022, la Presidencia de la República expidió la Resolución 343 de 2022 por la cual "se reconocen miembros representantes del autodenominado Estado Mayor Central de las Farc-Ep, (...) para los acercamientos exploratorios con el Gobierno nacional, y se dictan otras disposiciones".

Los reconocidos por el Gobierno son: Willinton Heano Gutiérrez, 'Olmedo', Carlos Eduardo García Téllez, 'Andrei', y Sandra Milena Niño Guerrero. Este diario consultó con fuentes de la Fuerza Pública quienes aseguraron que sobre la mujer no se conoce información relevante.

Otra es la situación de García Téllez, alias Andrei, a quien las autoridades señalan como segundo comandante del frente 33 de las disidencias y de ser la persona que estuvo tras el atentado en Cúcuta (junio de 2021), contra el helicóptero en que se transportaba el entonces presidente Iván Duque y su comitiva.

Andrei' estaría al frente de la organización en Norte de Santander, ya que Javier Alonso Veloza García, alias Jhon Mechas, jefe del 33, de acuerdo con información de inteligencia, salió de la región y se refugia en territorio venezolano - huyendo de las autoridades - por la escalada terrorista que protagonizó, que incluyó la activación de un artefacto explosivo (marzo de 2022), en un CAI de Ciudad Bolívar, al sur de Bogotá, que cobró la vida de dos niños: Daniel Steven Duque, de 12 años, e Ivanna Salomé Rangel Molina.

Sobre alias Olmedo se indica que también sería integrante del frente 33, cuya zona de injerencia es El Tarra, en Norte de Santander, donde se ubica la segunda mayor concentración de hectáreas sembradas con matas de coca, por lo que las autoridades señalan a este grupo de ser uno de los dinamizadores de la producción y tráfico de cocaína.

Aunque la Fiscalía no indicó cuáles son los delitos que se les imputa, por los antecedentes podrían estar señalados de concierto para delinquir, terrorismo y narcotráfico.

De acuerdo con el gobierno Petro los acercamientos con los "designados" de las disidencias se harán de manera privada y partirán del cese al fuego bilateral que decreto el Presidente y que incluye al Estado Mayor Central, grupo que no se acogió al proceso de paz que se adelantó con el gobierno de Juan Manuel Santos.

En la actualidad es Estado Mayor Central está al mando de Néstor Gregorio Vera, alias Iván Mordisco o Iván Losada, quien es la cabeza de la disidencia más grande del país, con unos 2.511 hombres en armas y 1.773 en las redes de apoyo, incluido el 'Comando Coordinador de Occidente'.

Fuente: Eltiempo.com

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El juicio a Abelardo de la Espriella.

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Foto:Julio César Montañez Roa, Abogado, Docente y candidato a Doctor en Filosofía del derecho. Columnista invitado tolima7dias.com.co
10 de Jul, 2026

Por: Julio César Montañez Roa, Abogado, Docente y candidato a Doctor en Filosofía del Derecho. Columnista invitado. tolima7dias.com.co

Advertencia: los comentarios escritos a continuación son responsabilidad única y exclusiva de su autor, y en nada compromete a este medio de comunicación digital.

Creo que el señor presidente electo Abelardo De La Espriella ya surtió el juicio más importante sobre la legitimidad de su elección. Se trató de un proceso muy complejo, un poco vago, impreciso, poco institucional, pero suficiente para considerar al procesado legítimo presidente de la república. No hay lugar a más cuestionamientos.

Las acusaciones fueron de todo tipo: morales, políticas, jurídicas, sociales, sexuales, internacionales y hasta gastronómicas. Le imputaron conductas de todos los tiempos: cuando niño, cuando estudiante y cuando abogado. Lo acusaron de matar gatos, abogado de mafiosos, defensor de paramilitares, estafador de estafadores, odiar personas por su condición sexual, maltratar mujeres, haber jurado lealtad a otros países y hasta odiar la changua y el ajiaco.

Gracias a los medios de comunicación oficiales y privados y a las redes sociales, la totalidad de las imputaciones fueron conocidas por la plenaria del jurado, es decir, todo el pueblo colombiano. El juicio fue amplio y suficiente: tanto los acusadores como el acusado y sus defensores, tuvieron la oportunidad de exponer, con buenos y malos argumentos, sus pruebas y sus razones. No hubo un solo votante que no hubiera conocido y discutido cada uno de estos cargos.

El fallo se produjo en dos instancias: la primera, es decir, la primera vuelta electoral, le dio la razón al doctor De La Espriella; la segunda, es decir, la segunda vuelta, volvió a darle la razón, aunque con menos solidez debido a elementos exógenos que afectaron la autonomía de algunos de los jurados. Asílas cosas, no hay ninguna razón para que ahora, cualquiera, con los mismos argumentos morales, jurídicos, políticos o de otro tipo, intente desconocer los fallos de primera y segunda instancia dictados el 31 de mayo y el 21 de junio pasados.

Pero nadie puede evitar que los abogados o los perdedores acudan a diferentes acciones judiciales, administrativas o de derecho internacional para evitar que el presidente se posesione o que ejerza el poder. Sin embargo, en sana razón, todos esos procesos deben estar sometidos a lo que los más reconocidos tratadistas del derecho y la política llaman Democracia Constitucional o Democracia Discursiva.

Según Rober Alexy, la democracia constitucional consiste en que el derecho es de doble naturaleza: contiene decisiones morales o críticas y decisiones fácticas o reales. Ambas son producto de un proceso discursivo que implica establecer primero las normas ideales que actúan como criterio rector y luego las normas reales, incluidas las sentencias, que sólo podrán ser las que resulten de un debate o discurso en el que participen todos, defendiendo sus respectivas posiciones morales, económicas, religiosas, políticas, personales, etc.

Pues bien, eso fue precisamente lo que ocurrió en Colombia: Un discurso, un debate, en el que todos los interesados participaron y se produjo un fallo. En consecuencia, no hay lugar a más procesos judiciales ni de ningún otro orden nacional o internacional. La oposición debería dejar de seguir acusando al presidente de todo lo que lo acusó antes de las elecciones porque esas sindicaciones, o fueron desvirtuadas por el hoy presidente o no fueron probadas por sus detractores o, habiendo sido probadas, el jurado supremo, el pueblo, no las consideró impedimento para ejercer la presidencia y por eso votó por él. Ya todo está decidido y la decisión fue producto de un proceso discursivo como el que ahora reclaman los más connotados constitucionalistas del mundo. Dedíquense en adelante a juzgar sus actos de gobierno porque para eso es la oposición.

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