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Senado aprobó en segundo debate prohibición de las corridas de toros

Senado aprobó en segundo debate prohibición de las corridas de toros
15 de Dec, 2022

En la madrugada de este jueves se aprobó en la Plenaria del Senado de la República,  el proyecto de ley  085 de 2022, con el cual se prohíben progresivamente las prácticas de entretenimiento cruel con animales en Colombia, incluidas dentro de ellas, las corridas de toros.

"Es histórico lo que acabamos de lograr, por eso, ahora el proyecto lo vamos a defender en la comisión quinta de la Cámara de Representantes y luego a la Plenaria. Estamos seguros de que lo lograremos", señaló Andrea Padilla, senadora que lideró el proyecto.

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Cabe resaltar, que el proyecto paso 'raspando', ya que al momento de votar, cerca de 30 de los 80 senadores presentes, salieron de la sesión, por lo que Roy Barreras, presidente del Senado, tuvo que dar más tiempo para conseguir los votos e incluso amenazar con citar a otra sesión presencial el viernes, cuando ya varios tenían vacaciones programadas.

Pese a ello, el proyecto de ley se aprobó gracias al voto de senadores de todos los partidos, incluidos el Conservador, Cambio Radical, la bancada Verde y el Pacto Histórico, quienes calificaron de positivo este hecho, la prohibición se plantee de forma gradual y sin tocar, por ahora, las peleas de gallos.

"Gracias al ministro de Interior, Alfonso Prada, y a los senadores de todos los partidos que se dieron 'la pela' por sacar adelante el proyecto y hundieron una proposición que buscaba morigerar y reglamentar esta iniciativa", recalcó Padilla.

En contraparte, Paloma Valencia, senadora del Centro Democrático, señaló que no apoya las corridas de toros, pero si, que los "gustos propios no puedan imponerse sobre el resto", haciendo un llamado al respeto por las prácticas culturales.

No obstante, la noticia ha sido celebrada, en mayoría, por distintas personalidades y movimientos animalistas, quienes califican estas prácticas como retrógradas y obsoletas.

Fuente: El país (Cali)

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Ojo, ya se sabe desde que mes, inmovilizaran motos por nueva infracción

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Foto: Inmovilizaran motos por esta nueva infracción. Tolima7dia.com.co
28 de Apr, 2025

Ya se sabe la fecha en la que tránsito inmovilizará todas las motocicletas que modifiquen el silenciador. Después de sancionada la ley antirruido hay un período de socialización, pero luego iniciarán las multas e inmovilizaciones a motos.

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Por: Redacción Blue Radio, Redacción nacional. Tolima7dias.com.co

El crecimiento acelerado del parque de motocicletas en Colombia ha llevado a las autoridades a reforzar las medidas de control en las vías. De acuerdo con cifras del sector, solo en marzo de 2025 se registraron 84.226 nuevas matrículas, un aumento del 45,76 % en comparación con el mismo mes del año anterior.

Ante este escenario, el Congreso tramitó y el presidente Gustavo Petro sancionó una nueva normativa conocida como la ley antirruido, que empezará a tener efectos directos sobre los motociclistas que alteren sus vehículos para generar más ruido.

¿Cuál es el nivel de ruido permitido para motos en Colombia?

Con la entrada en vigor de esta ley, el Ministerio de Transporte será el encargado de reglamentar los niveles máximos de ruido permitidos para los vehículos, especificando parámetros técnicos para todo el país.
Un agente de tránsito en Bogotá realizando una inspección a una motocicleta.

Las autoridades deberán seguir una serie de directrices para determinar si una moto incumple o no con la ley.

Actualmente, de acuerdo con la reglamentación del Ministerio de Salud, el nivel de ruido autorizado para motocicletas es de 86 decibeles. Aquellos conductores que excedan este límite, tras modificar sus motos, serán objeto de sanciones.

¿Cuándo iniciarán sanciones contra motos por ley antirruido?

La implementación de la normativa contempla una primera etapa pedagógica de seis meses, durante la cual se socializarán las nuevas reglas y se buscará sensibilizar a los conductores sobre los impactos del ruido excesivo.

Una vez concluido este período, comenzarán las sanciones económicas y administrativas. En otras palabras, si la ley fue sancionada a inicios de marzo, las sanciones como multas e inmovilzación inciarán desde septiembre de 2025.

Qué multas y sanciones hay por tener exosto de moto modificado

Entre las sanciones previstas está la aplicación de la infracción C28, que contempla una multa de 604.000 pesos por circular con dispositivos que alteren el ruido del vehículo o con el silenciador en mal estado o retirado.
Hay infracciones en motos que pueden dar para inmovilizar el vehículo.Foto: Alcaldía de Bogotá
Además, la infracción D17 impone una multa de $1.208.000 a quienes incumplan las normas de emisión contaminante o de generación de ruido.

Uno de los aspectos más relevantes de esta ley es la posibilidad de que las autoridades de tránsito inmovilicen las motocicletas que excedan los niveles de ruido permitidos, medida que será aplicada de manera estricta una vez finalice el periodo de socialización y tendrá como finalidad garantizar un entorno sonoro más saludable para la población.

¿Por qué inmovilizarán y multarán a motos con exosto modificado?

Aunque la ley también abarca otras fuentes de ruido, como zonas de rumba, maquinaria pesada y reuniones privadas, las motocicletas representan uno de los focos principales debido al volumen de quejas ciudadanas.
Según informó el representante a la Cámara Daniel Carvalho, impulsor de la ley junto con el abogado ambiental Camilo Quintero, uno de los principales objetivos es reducir la contaminación auditiva causada por motocicletas que han sido modificadas en su sistema de escape.

La modificación de exhostos para aumentar el sonido del motor o la eliminación del silenciador de fábrica son prácticas que, según investigaciones citadas por Carvalho, concentran la mayor parte de las quejas de la ciudadanía.

De tener el exosto modificado y violar las normas de exceso de ruido, podrían multar a un motociclista.

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